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Camelo, D. (2023). La “post-verdad” como hecho social: Hechos sociales,
intencionalidad y verdad en John Searle. Cuestiones de Filosofía, 9 (33), 127-146.
https://doi.org/10.19053/01235095.v9.n33.2023.14292
La “post-verdad” como hecho social:
Hechos sociales, intencionalidad y verdad en
John Searle
1
The “Post-truth” as social fact:
Social facts, intentionality and truth in John Searle
Diego Fernando Camelo-Perdomo
2
University of Tolima, Colombia
Universidad del Tolima, Colombia
Recepción: 03 de mayo del 2022
Evaluación: 01 de mayo del 2023
Aceptación: 28 de julio del 2023
1 Este artículo es el resultado de una investigación nacida de la lectura de Searle y su ligera, casi fu-
gaz, relación con Foucault acerca de las reglas de verdad en la construcción de enunciados.
2 Magister y especialista en Filosofía Contemporánea de la Universidad de San Buenaventura (Bo-
gotá). Licenciado en Filosofía por la Universidad Santo Tomás (Bogotá-Col.). Miembro del grupo
de investigación: Agroecologías, Ambientes y Ruralidades adscrito a la Universidad del Tolima
(Ibagué, Colombia).
https://orcid.org/0000-0003-3068-1997
Correo electrónico: diego.camelo.p@gmail.com
Cuestiones de Filosofía
ISSN: 0123-5095
E-ISSN: 2389-9441
Vol. 9 – N° 33
Julio - diciembre, año 2023
pp. 127-146
Artículo de Investigación
128 Cuestiones de Filosofía No. 33 - Vol. 9 Año 2023 ISSN 0123-5095 Tunja-Colombia
Resumen
En este artículo se pretende desarrollar la tesis según la cual es posible hablar
de “post-verdad” en la medida que sea entendida como un hecho construido
socialmente, en el que, mediante el uso del lenguaje, la adecuación de un
enunciado y la realidad sobre la cual se enuncia están determinadas por el
interés del hablante de hacer que el oyente reconozca su intencionalidad,
recurriendo a la correspondencia arbitraria de “hechos alternativos”. Para
ello, se examinará, a la luz de la ontología social propuesta por John Searle,
el modo en que un acto de habla opera en la emergencia de un hecho social,
identicando la relación que este proceso guarda con las condiciones de ver-
dad. Se analizarán algunos argumentos que soportan la idea de la realidad
social como producto de la intencionalidad colectiva, para luego explicar la
manera en que los hechos institucionales se constituyen a partir del uso de un
tipo de acto de habla denominado “Declaraciones”.
Palabras clave: hecho social, actos de habla, post-verdad, intencionalidad,
Searle.
Abstract
This article intends to develop the thesis according to which it is possible to
speak of “post-truth” to the extent that it is understood as a socially cons-
tructed fact where, through the use of language, the adequacy of an utterance
and the reality about which it is enunciated are determined by the speakers
interest in making the listener recognize his intentionality by resorting to the
arbitrary correspondence of “alternative facts”. To this end, we will examine,
in the light of the social ontology proposed by John Searle, the way in which
a speech act operates in the emergence of a social fact, identifying the rela-
tionship that this process has with the conditions of truth. Some arguments
that support the idea of social reality as a product of collective intentionality
will be analyzed, in order to then explain the way in which institutional facts
are constituted from the use of a type of speech act called ‘Declarations’.
Keywords: social fact, speech acts, post-truth, intentionality, Searle.
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Camelo, D. (2023). La “post-verdad” como hecho social: Hechos sociales,
intencionalidad y verdad en John Searle. Cuestiones de Filosofía, 9 (33), 127-146.
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Introducción
La verdad es una cuestión de correspondencia con los hechos sociales
John Searle (1997, p. 203)
Aunque a primera vista pareciera algo irónico, nos asalta la inquietud acerca
de cómo es posible hacer, desde la losofía del lenguaje, un análisis lógico de
la sociedad. Es decir, ¿puede emparentarse la losofía del lenguaje con pro-
blemas sociales? De ser así, ¿cómo lograr tal imbricación? ¿Qué condiciones
se deben presentar para lograr este eventual acercamiento? Podría pensarse –y
de hecho se hace– que la losofía del lenguaje se limita a proponer análisis
lógicos del mismo lenguaje, es decir, que su alcance metodológico llega hasta
las vericaciones formales de enunciados. No obstante, esto resulta ser posible
a la luz de la propuesta losóca de John Searle, quien considera que reciente-
mente se ha suscitado un especial interés en algo que él mismo denominó “on-
tología social” e “intencionalidad colectiva”, expresiones que son agrupadas
bajo el enunciado de una “losofía social”. Al respecto Searle sostiene: “(…)
no estamos tan necesitados de una losofía de las ciencias sociales del presente
y del pasado como de una losofía para las ciencias sociales del futuro y, cier-
tamente, para cualquiera que pretenda un entendimiento más profundo de los
fenómenos sociales” (2014, pp. 19-20).
Dicho esto, el propósito de este trabajo es examinar el modo en que un acto
de habla opera en la emergencia de un hecho social, identicando en ello la
relación que este proceso guarda con las condiciones de verdad. En primera
instancia, se explicará la relación entre lo que el autor denomina “ontolo-
gía social” y la intencionalidad. Luego se presentarán algunos argumentos, a
partir de los cuales es posible entender la realidad social como producto de
la intencionalidad colectiva. Posteriormente, se intentará señalar la manera
en que los hechos institucionales se constituyen a partir del uso de un tipo
de acto de habla denominado “Declaraciones”. Lo anterior permite sostener
la tesis de que la “post-verdad” puede ser entendida como una construcción
social, en la cual la expresión de un enunciado y su adecuación con un hecho
establece una suerte de “correspondencia arbitraria” mediante la apelación
a “hechos alternativos”. La existencia de estos hechos dependerá del interés
del hablante para hacer que el oyente pueda reconocer sus intenciones de
acuerdo con las condiciones de inteligibilidad. La “post-verdad” consistirá,
en consecuencia, en la relación entre la emisión de enunciados y la referencia
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a hechos que existen sólo de conformidad con la conveniencia o favorabili-
dad de quien emite el acto de habla, por lo que su referencia será arbitraria al
tener en cuenta hechos que no están alineados con dicho interés.
Ontología social e intencionalidad
En su obra La construcción de la realidad social (1995), Searle arma que en
el mundo real existen hechos en conformidad con lo que piensa el ser humano,
es decir, que los hechos son creados o institucionalizados como producto del
acuerdo humano. Aquellos “hechos” en lo que no intervienen las instituciones
humanas son llamados por el autor “hechos brutos” (1997, p. 21). En este sen-
tido, nuestro lenguaje sería una institución humana en la medida en que es un
producto de un acuerdo humano. ¿Podemos decir, entonces, que el lenguaje es
producto de un consenso? Porque de ser así, ello implicaría que se estableciera
una serie de reglas que regule dicha institución. De hecho, ya en 1965 Searle
había sostenido, al responder la pregunta: “¿Qué es un acto de habla?”, que el
lenguaje contemplaba un conjunto de reglas constitutivas, y que los actos de
habla
3
son realizados conforme a ese conjunto de reglas (1991, p. 435).
Ahora bien, hemos dicho que los hechos institucionales son posibles gracias
a que hay instituciones, tales como el lenguaje, que tienen como condición
de posibilidad los consensos humanos a partir de los cuales emergen ciertas
reglas que regulan el hecho en mención. No obstante, ¿es posible que existan
hechos que escapen o, mejor aún, en los que no se apliquen las reglas acorda-
das? Si el lenguaje es una institución, en cuanto creación humana, con el que
representamos la realidad, ¿signica que la realidad es también una creación?
Searle no está de acuerdo en considerar que la realidad sea algo así como una
creación humana que dependa de la mente humana y a la que escapen hechos
que no son instituidos, o sea, hechos brutos. A contrapelo de esto, la tesis del
norteamericano consiste en que hay una realidad totalmente independiente de
nosotros. En palabras del autor: “¿Cómo puede haber una realidad objetiva
que existe, en parte por acuerdo humano? (…) ¿Y cuál es el papel del len-
guaje en la construcción de esos hechos?” (1997, p. 22). Para ilustrar mejor
3 Se debe tener en cuenta que para Searle un acto de habla es aquel en el que se emite un sonido con
signicado (1991, p. 437). De hecho, la tesis searleana es que hablar un lenguaje implica la reali-
zación de actos de habla, tales como enunciados, órdenes, preguntas, promesas. El punto central de
esta idea es que la unidad lingüística no reposa, o no está representada, en la palabra, sino más bien
en el efecto que produce el acto de habla (1994, p. 25). Para analizar un estudio que constata esta
idea, cfr. Lozano (2010).
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estos cuestionamientos, el pensador estadounidense expuso lo que denominó
“metafísica de las relaciones sociales cotidianas”, según la cual el sentido on-
tológico de un hecho no se expresa por la función que realice un sujeto, sino
por la relación social en la que éste se encuentra inmerso, pues es allí donde le
son proporcionadas reglas sobre su quehacer en el lugar.
Los hechos no son objetivos por la manera como se llevan a cabo o se ejecu-
tan, sino por las reglas del lenguaje a las que están sujetos. La realidad social
no está denida previamente; no preexiste a estas reglas. La ontología de la
realidad social, esa que se retrae en medio de los hechos, consiste en que
las cosas o los fenómenos físicos son en virtud de la funcionalidad denida
socialmente. Es por ello que “la realidad social es creada por nosotros para
nuestros propósitos” (p. 24).
Searle dirá que los hechos sociales existen de modo proporcional a como lo
hace la realidad según la física y la teoría sobre la materia y la evolución. En
este orden de ideas, el mundo es real porque está conformado por partícu-
las físicas que ejercen fuerzas de atracción y repulsión en campos especícos
(p. 26). ¿De qué manera relaciona entonces Searle la existencia de los hechos
sociales con este modo meta-físico del mundo? Es decir, ¿cómo es posible
determinar que un hecho, siendo objetivo, sea, a la vez, subjetivo? ¿No es aca-
so paradójico esto? Searle sostiene que la “paradoja” de la distinción entre lo
objetivo y lo subjetivo puede ser entendida a partir de un sentido epistémico y
uno ontológico. El primer sentido hace referencia a que la verdad o la falsedad
de un juicio dependen de los puntos de vista de quien enuncia o del receptor del
enunciado, mas no de un hecho. Por otra parte, un ‘juicio objetivo’ es aquel en
el que un hecho es verdadero o falso, independientemente tanto del punto de
vista de quien dice algo acerca de un hecho como del oyente mismo. El segun-
do sentido es el ‘ontológico’, en el que lo objetivo y lo subjetivo son modos de
existencia. Un hecho ontológico-subjetivo son las sensaciones (“Siento mucha
hambre” o “Me duele el brazo”), ya que el modo de existencia de esos hechos
depende de que sean sentidos por el sujeto. Mientras que un hecho ontológi-
co-objetivo hace alusión a aquellas cosas cuyo modo de existencia no depende
del sujeto (por ejemplo: “Los árboles”).
Un aspecto elemental para entender la articulación entre la realidad física y
la realidad social en la ontología social searleana es, precisamente, la mente
4
.
4 Es necesario tener en cuenta que, en el abordaje del problema de la naturaleza de la mente y el
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Esto arma al respecto el lósofo estadounidense: “Nuestro propósito es ex-
plicar la ontología social humana (...) ontología (que) es creada por la mente”
(2014, p. 25). Desde este punto de vista, no es viable concebir la realidad so-
cial de manera “pura”, desencarnada de un sustrato material. En otro sentido,
la mente debe ser entendida como un elemento biológico pero superior a la
actividad cerebral (1992, p. 15).
La intencionalidad se constituye en un rasgo mental necesario para compren-
der la ontología social. Una de las tareas primarias de la ‘mente’ es entonces
hacer posible la relación, no sólo con el entorno, sino también, y de manera
especial, con las personas que componen dicho entorno. En estos términos lo
expuso Searle: “Mis estados subjetivos me relacionan con el resto del mundo y
el nombre general de esa relación es intencionalidad” (p. 81)
5
. Así como tam-
bién: “(…) la intencionalidad es aquella propiedad de muchos estados y even-
tos mentales en virtud de la cual éstos se dirigen a, o son sobre o de, objetos
y estados de cosas del mundo” (p. 17). En consecuencia, los estados mentales
intencionales a través de los cuales se establece la relación con las cosas en el
mundo, no sin dejar de lado la característica biológica de la mente; permiten
entender la intencionalidad como un aspecto que depende netamente de lo que
el ‘yo’ sienta y piense de aquello que siente (2001, p. 81). Ahora bien, ¿de qué
modo operaría dicha intencionalidad en la realidad social?
Realidad social como intencionalidad colectiva
Un presupuesto conceptual –si acaso no teórico– necesario para entender la
categoría de “intencionalidad colectiva” es el de las “funciones de estatus”.
Con base en esta acotación es necesario hacer una rápida aproximación a
esta noción, para luego establecer la conexión entre estos conceptos. El
punto de partida de Searle (2010) es armar que la realidad social humana
tiene como rasgo diferencial establecer funciones a cosas y a seres huma-
nos que por sí mismos no podrían llevar a cabo, es decir, que por su con-
dición física no lograran realizar alguna función. De ahí que las funciones
estén clasicadas por ‘estatus’, en conformidad con un reconocimiento que
colectivamente se lleva a cabo. En este sentido, una cosa funciona o una
cuerpo, en el proyecto losóco de Searle interactúan el conocimiento cientíco y el losóco, ante
todo a partir de la segunda mitad del siglo XX, cuando la losofía de la mente empieza a estar en el
centro de la escena losóca, “desplazando” a la losofía del lenguaje gracias a la teoría de los actos
de habla (De Bustos, 2006, p. 54).
5 El subrayado es de mi autoría.
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persona realiza una función sobre la base del estatus que ha sido producido
por el reconocimiento colectivo (2014, p. 22).
Así las cosas, la capacidad de asignar una función sería un rasgo o una con-
notación de la intencionalidad. Es a partir de este rasgo como se puede juzgar
si una cosa, bien sea articial o natural, es “buena” o “mala” en virtud de la
función que colectivamente le ha sido asignada. No obstante, Searle realiza
una aclaración con relación a esta idea: “las funciones nunca son intrínsecas
a la física de ningún fenómeno, sino que son externamente asignadas por ob-
servadores y usuarios conscientes. En una palabra: las funciones nunca son
intrínsecas sino relativas al observador” (1997, p. 33)
.
Pareciera que hablar
de funciones en Searle es dar ya por sentado que se trata de rasgos intrínsecos
de la naturaleza y que, por ende, no deberían ser asignadas. Pero este no es el
meollo del asunto, sino el hecho de que cuando se enuncia un juicio respecto
a esas funciones es, por demás, intrínseco a ellas mismas. Por otro lado, es un
hecho –intrínseco– que el teclado está programado para digitalizar grafemas
en una aplicación. Sin embargo, al decir que “la función del teclado es estar
programado para digitalizar grafemas” se estaría juzgando este hecho a partir
de valores que han sido acordados previamente por nosotros. Luego, un hecho
intrínseco –diría Searle– es que hayamos acordado tales valores. Pero, el hecho
de considerar como ‘independientes’ a esos valores previos, ya no dependen de
nosotros sino del observador.
En esta dirección, Searle dirá que tales juicios sobre las funciones de las cosas
y de la naturaleza serían “descubrimientos”, es decir, efectos que solo tendrán
lugar gracias a las asignaciones establecidas previamente. En resumidas cuen-
tas, para Searle (1995) las funciones nunca son intrínsecas a las condiciones
físicas de un hecho; por el contrario, se asignan según los intereses de los
usuarios y los observadores (p. 33).
Lo dicho hasta aquí permite preguntarnos acerca de los alcances prácticos de
la asignación de funciones de los hechos. En otras palabras, ¿de qué manera
opera el sistema de funciones?, ¿cuáles son los límites entre una y otra fun-
ción? Es evidente que en cada una de estas clases de funciones se encuentran
alusiones a la manera como operan las intenciones prácticas de los agentes hu-
manos. Una porque depende de ellos, y la otra porque no lo hace. Precisamen-
te, esta “dependencia” o “independencia” de los hechos (fenómenos físicos)
con las intenciones prácticas de los agentes fungen como modos de relaciones
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entre ellos. Para que estos modos de relaciones funcionen debe haber, según
Searle, ‘aceptación o reconocimiento’ colectivo de las cosas o los agentes que
poseen cierto estatus dentro de la realidad social humana (p. 42).
En esta dirección, el ‘reconocimiento o aceptación’
6
se convierte en requi-
sito para que una función se ejecute (2014, p. 22), pues de lo contrario la
intencionalidad individual quedaría vacía sin la intencionalidad colectiva. De
esta manera la comprensión de los hechos sociales pasa por la comprensión
de la intencionalidad colectiva, que no puede, según el autor, ser reducida a
una intencionalidad individual, porque ello implicaría desencadenar un sin-
número de creencias a partir de las cuales alguien actuaría conforme a lo que
cree acerca de alguien, quien cree lo que otros, a su vez, han creído, y así
sucesivamente. Esto sería algo así como una “sucesión de creencias”, lo que
no sería más que un error, pues la intencionalidad colectiva “es un fenómeno
biológico primitivo que no puede ser reducido a, o eliminado a favor de, otra
cosa” (1997, p. 42). El argumento del estadounidense consiste en que la pre-
misa “yo creo que crees; crees que yo creo” no representa con suciencia
el sentido de colectividad, ya que la colectividad implica “hacer-algo juntos”,
mientras que la intencionalidad individual deriva o proviene de la intenciona-
lidad colectiva, porque es un rasgo compartido entre ‘lo uno’ y ‘los otros’. Es
más, arma que tal premisa está soportada sobre un argumento falaz, que con-
siste en que los estados mentales de un individuo, en cuanto producto de una
acción cerebral, deben ser referidos de manera exclusiva a la expresión “para
mí o yo”, como tradicionalmente se entiende. Para refutar esta falacia, Searle
arma que la intencionalidad debe estar referida a un “nosotros”, que sería la
condición de la intención individual: “Yo intento sólo como parte de nuestro
intento. La intencionalidad que existe en cada cabeza individual tiene la forma
de nosotros intentamos” (p. 43). El “yo” queda subsumido en el “nosotros”.
El nosotros no es, por tanto, una adición de individualidades, sino condición
de posibilidad de ellas.
De lo anterior se inere que para Searle hablar de ‘hecho social’ es propor-
cional a hablar de ‘intencionalidad colectiva’. Pero, según el estadounidense,
existe una subclase de los hechos sociales: los hechos institucionales, es decir,
6 Searle entiende como aceptación “la adhesión entusiasta hasta la admisión a regañadien-
tes, pasando incluso por la identicación del hecho de que uno simplemente está imposibi-
litado de hacer algo respecto de, o rechazar, las instituciones en las que uno se encuentra”
(2014, p. 23).
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aquellos que son instituidos o creados a partir de consensos tales como el len-
guaje (p. 44). En síntesis, el lenguaje es el que hace posible pasar de hechos
sociales a hechos institucionales a través de las declaraciones (2014, p. 27).
Se puede concluir, entonces, armando que gracias a las declaraciones todos
los hechos institucionales son sociales, pero no todos los hechos sociales son
institucionales. No obstante, ¿cómo actúan las declaraciones en la creación de
los hechos institucionales? ¿Qué herramientas o instrumentos son utilizados
para llegar a tal creación?
Hechos institucionales y “Declaraciones”
En este punto se buscará dar respuesta a las inquietudes con que nalizó el
apartado anterior. La hipótesis a desarrollar es que en Searle los actos de habla
cumplen un rol mediador entre el contenido de éstos y la realidad; rol que,
desde luego, debe estar regido por un conjunto de reglas que serían las encar-
gadas de crear las condiciones lingüísticas para que un hecho social emerja.
No obstante, ¿qué entiende Searle por ‘hecho institucional’? ¿Qué relación
tiene con las reglas que hacen posible su emergencia?
Para Searle, el punto de partida es que: “todos los hechos institucionales, y por
consiguiente todas las funciones de estatus, son creadas por un tipo de acto
de habla que en 1975 bauticé como Declaraciones” (1991, p. 462-464)
7
. En
este tipo de acto de habla la realidad es transformada para que coincida con el
contenido de éste. Estos actos son conocidos como ‘declarativos’ (p. 465). No
obstante, Searle aclara que al no haber un acto de habla llamado propiamente
“Declaración”, es menester denominarlo “Declaración de función de estatus”;
noción con la cual se reere a la creación de una realidad institucional de
función de estatus, así como aquellos actos de habla que no son propiamente
declaraciones (2014, pp. 22, 29).
Este sería un argumento más que soportaría la tesis searleana según la cual “toda
realidad institucional es creada por los actos de habla que tienen la misma forma
lógica de las declaraciones” (p. 29). Esto signica que las declaraciones tienen
como propósito lograr que el lenguaje encaje con el mundo (1991, p. 465).
Al hacer alusión a los hechos institucionales, es necesario puntualizar qué hace
que un hecho sea, en efecto, de este tipo. En primer lugar, son institucionales
7 Searle expone tres tipos de actos de habla con los que explica la relación del mundo con el lenguaje.
Al respecto véase (1991, pp. 462-464).
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porque son creaciones del lenguaje. En segunda instancia, porque su existen-
cia tiene como base la aplicación de reglas que los constituyen como tales.
Precisamente, este tipo de reglas reciben el nombre de “reglas constitutivas”
(2014, p. 30). Sin embargo, se encuentran también las “reglas regulativas” que,
junto con las anteriores, se conguran como las piezas clave para entender los
hechos institucionales. Según Searle, esta clase de reglas regulan formas de
conducta que existen con anterioridad a ellas (1991, p. 433; 1995, p. 45) (por
ejemplo, Las normas de urbanidad de Carreño). Luego están las reglas consti-
tutivas que crean o denen nuevas formas de conducta (como las reglas de un
deporte determinado).
Searle se detiene en precisar si en las reglas regulativas los criterios normativos
son imperativos, es decir, de obligatorio cumplimiento. ¿Se podría pensar que
en las reglas constitutivas dichos criterios no lo serían porque, precisamente,
crean conductas? De ser así, se establecería un sentido tautológico de las reglas
constitutivas, ya que, si los criterios de éstas no fueran imperativos, no de-
nirían los alcances o los límites normativos para crear una conducta. En otro
sentido, para crear una conducta deben ser denidos los criterios normativos
que indiquen sus límites, pues el hecho mismo de denirlos es ya un imperativo
que provoca que las reglas constitutivas tengan un carácter tautológico. En
efecto, las reglas constitutivas son sistemas que crean hechos institucionales y
se expresan en la forma: “X cuenta como Y en el contexto C”. De esta manera
la tesis del pensador estadounidense es que “el hecho de que una persona haya
realizado un cierto acto de habla, por ejemplo, haya hecho una promesa, es un
hecho institucional” (1994, p. 60).
La correspondencia: criterio de verdad
Partiendo de la tesis de Searle según la cual un hecho social es creado por no-
sotros mismos para efectos de nuestros intereses, se analizará un término que
recientemente ha sido objeto de acuciosos análisis: la post-verdad
8
. De hecho,
Searle se ocupó también de este tema en 2017 con su artículo titulado “Do we
live in an era that is ‘Post-Truth’?”, en el que , sin disimular su sospecha res-
8 Sólo por nombrar algunos, puede hacerse referencia a Ball (2017), McIntyre (2018), D’Ancona
(2019) y Ferraris (2019), con sus rigurosos análisis acerca del manejo de la información como estra-
tegia política en el ejercicio gubernamental, destacando los riesgos de que los hechos reales lleguen
a ser “reemplazados” por hechos alternativos, sobre todo cuando una aseveración es instrumentali-
zada ideológicamente para que los sujetos hablantes ejerzan poder sobre el oyente, al imponer una
creencia sin evidencia real.
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pecto al uso de esta expresión y de su poca probable existencia, reexionó en
torno a la posibilidad de sus alcances prácticos y sus implicaciones políticas,
al punto de preguntarse si, en efecto, vivimos en una era de la “post-verdad”,
ya que, en el fondo, parece ser que este problema está referido a un hecho con
efectos políticos y no, a la inversa, que los hechos políticos sean la causa del
fenómeno de la “post-verdad”
9
.
El propósito es analizar cuáles son los argumentos que el lósofo estadouniden-
se expone para armar que quien esté interesado en la realidad lleva consigo el
interés por la verdad. Esto quiere decir que si es pragmáticamente imposible la
existencia de una realidad allende de sí misma, no habría posibilidad de hacer
referencia a la “post-verdad” como un hecho meta-lingüístico. Contrariamente
a esta idea, puede armarse que es posible hablar de “post-verdad”, toda vez
que ésta sea entendida como un hecho socialmente construido que está más
allá de la emisión de una falsedad o de una mentira. Si ha de consistir en algo,
la “post-verdad” se reere a la verbalización de enunciados presentados como
verdaderos, cuya correspondencia arbitraria conlleva a recurrir a “hechos alter-
nativos”, cuya existencia se encuentra anclada en la conveniencia de los intere-
ses del hablante, de manera que el oyente pueda reconocer su intencionalidad
a partir de las condiciones de inteligibilidad.
Nuestra estrategia argumentativa consistirá en examinar las razones por las
cuales, según Searle, no es posible considerar que esta época sea la época
de la “post-verdad”, para luego escudriñar algunos puntos neurálgicos en
la exposición de ésta. La primera razón consiste en considerar que la época
actual no se caracteriza por ser de la “post-verdad”, y si así fuera, sólo lo
sería desde una perspectiva relativista, ya que algo que sea verdadero para
alguien, puede no serlo para otro (2017, p. 88). No obstante, Searle refuta
este argumento valiéndose del perspectivismo
10
, pues, a partir de él, es po-
sible sostener que una armación verdadera obedece al punto de vista desde
el cual se enuncia. Sin embargo, en la posición de los relativistas se presenta
9 Es posible que, dada la coyuntura socio-política del momento, en el que el término “post-verdad”
es referido, Searle haya escrito este artículo a propósito del trabajo de Keyes, The Post-Truth Era:
Dishonesty and Deception in Contemporary Life. Fue el novelista estadounidense Steve Tesich, sin
embargo, quien empleó por primera vez el término en su artículo de 1992 titulado A Government
of Lies publicado en The Nation.
10 Según Searle, el “perspectivismo” sostiene que el conocimiento de la realidad no se da de modo
directo o inmediato, sino que está mediado a través del punto de vista de quien conoce. Al respecto,
véase (Searle, 2001, pp. 28-29).
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una invalidez, pues la verdad de una armación hecha desde un punto de
vista, no implica que sea relativa a ese punto de vista.
El autor explica, posteriormente, la relación entre la teoría de la “descomilla-
ción” y la teoría de la correspondencia, y cómo estas contribuyeron en la aclara-
ción acerca del “uso” y la “mención” de un enunciando, para luego desembocar
en el análisis de las razones de por qué la verdad es indispensable a la hora de
argumentar la imposibilidad de vivir en una época de “post-verdad”. La prime-
ra razón es que gracias a la verdad es posible describir el acierto o desacierto
de las representaciones, cuya dirección de ajuste es de palabra-a-mundo. La
segunda, es que debido a la verdad se pueden reconocer fenómenos como ver-
daderos o falsos, ya que se establece una relación de correspondencia entre un
enunciado y un hecho. La tercera razón hace alusión a que en el uso del len-
guaje se contraen compromisos respecto a cómo son las cosas, y esto implica
ya un compromiso con la verdad (pp. 92-93). En este sentido, no pueden existir
“hechos alternativos” porque no hay “verdades alternativas” a la verdad; no
puede haber una verdad que esté o que vaya más allá de la verdad misma.
Un tercer punto neurálgico tiene que ver con la teoría de la “descomillación” y
su relación con la verdad y la realidad. Para Searle, la verdad es una cuestión
de correspondencia con los hechos cuya mediación está a cargo los enunciados,
que son los que describen cómo son las cosas en el mundo. En esta dirección,
un enunciado será verdadero o falso en correspondencia con las cosas en el
mundo dichas en él. Tenemos, entonces, tres nociones que el mismo Searle
cree necesario explicar mediante la condición ‘s es verdadero si y sólo si p’:
“verdadero”, “correspondencia” y “hecho”. El enunciado especíco “s” corres-
pondería a un hecho “p” y, por tanto, sería verdadero. Es decir que cuando hay
correspondencia, se pasa de la mera mención de ‘s’ al uso de ‘s’. De lo anterior
se puede inferir que la correspondencia es el modo en que un enunciado se hace
verdadero. Este criterio de verdad recibe el nombre de “descomillación”
11
.
Las condiciones que hacen verdaderos a los enunciados reciben el nombre
de ‘hechos’. Si engranamos todas estas piezas tendríamos como resultado
la ‘teoría de la correspondencia’ en versión searleana: “Para todo s, s es
11 Searle (1997, p. 205) basa su propuesta en el trabajo de Alfred Tarski en su obra La concepción
semántica de la verdad y los fundamentos de la semántica, aunque especica que la manera como
desarrollan sus propuestas, no es la misma. Para una versión en español de la obra del pensador
polaco, véase (Tarski, 1991).
139
Camelo, D. (2023). La “post-verdad” como hecho social: Hechos sociales,
intencionalidad y verdad en John Searle. Cuestiones de Filosofía, 9 (33), 127-146.
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verdadera si y solo si corresponde al hecho de que p”. Esto da cuenta que
las nociones de ‘verdadero’ y ‘falso’ son expresiones que evalúan las des-
cripciones hechas a través de los enunciados, bajo la dirección de adecua-
ción palabra-a-mundo (Searle, 1997, pp. 207-212), es decir, al tipo de acto
de habla conocido como representativo.
Searle sostiene que el criterio del “descomillado” es un criterio de verdad en
tanto presenta a ésta como una adecuación. Pero, ¿adecuación con qué o entre
qué y qué? En efecto, verdadero será, en este sentido, un rasgo del enunciado
y su adecuación con el hecho. La adecuación, entonces, “consiste en disponer
que la noción para aquello (el hecho)
12
que está fuera del enunciado, pero lo
hace verdadero, o en virtud de lo cual es verdadero, si es verdadero” (p. 215).
Es posible inferir, entonces, que los hechos, para Searle, son condiciones del
mundo que deben corresponder a las condiciones de verdad expresadas en los
enunciados. De manera que entre el criterio de la correspondencia y el criterio
del descomillado no hay inconsistencias debido a la conexión entre el hecho y
el enunciado verdadero (p. 216).
¿Qué relación guarda lo anterior con el fenómeno de la “post-verdad”? ¿Existe
o no “post-verdad”? Si para Searle el lenguaje tiene como función representar
la realidad, esto es, representar cómo son las cosas o los hechos, ¿no podrá ser
la “post-verdad” un modo de representar un hecho –acaso no social? Según el
lósofo norteamericano, es falso que cualquiera que no esté interesado en la
realidad tenga la posibilidad de hacer armaciones verdaderas, ya que se puede
estar interesado en la realidad y no tener la posibilidad de decir la verdad (2017,
p. 94). ¿Considera Searle entonces que el hecho de no tener la posibilidad de
hacer enunciados verdaderos implica necesariamente no estar interesado en la
verdad? Alguien puede estar interesado en la realidad, pero no en la verdad,
porque dicha realidad puede no ajustarse a sus intereses y, por tanto, lo que se
enuncie en ella puede afectar la conveniencia del sujeto hablante.
Searle (2017) sostuvo que no podemos vivir en una era de “post-verdad”, por-
que ello implicaría vivir en una era de la “post-realidad” y, en consecuencia,
la verdad no podría volverse obsoleta (p. 95). En caso de que Searle esté en lo
cierto, entonces, ¿cuál es la causa de los enunciados que no son verdaderos?
¿Por qué surgen fenómenos en los que los enunciados no corresponden con
los hechos? Quien realiza un enunciado falso lo hace movido por un interés
12 Palabra que no pertenece a la cita original.
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particular en la verdad y, por consiguiente, en la realidad, más allá de la in-
tención de engañar o no. De ahí que deba tener la necesidad de encubrir la
verdad y de entablar de manera arbitraria una correspondencia entre lo dicho
y un hecho alterno al que, en efecto, es. No es posible realizar un acto de habla
y, a la vez, estar desinteresado por la verdad. Tanto quien enuncia una verdad
como aquel que la encubre, lo hace por el interés en ella, pero no siempre
porque le convenga.
“Post-verdad” como hecho social
Ha quedado claro, entonces, que por ningún motivo bajo la noción de
“post-verdad” se está insinuando la inexistencia de hechos con los cuales un
acto de habla pueda o no corresponder para que sea verdadero o falso, ya que
la “post-verdad” tiene que ver con la existencia “arbitraria” de hechos o, en
palabras del autor estadounidense, “hechos alternativos”. Lo señalado aquí es
que no existe correspondencia en el modo de relacionarse el enunciado con los
hechos. Para Searle no es posible hablar o vivir en una era de “post-verdad”
porque no hay ningún hecho que vaya más allá de la verdad, o que la supere y
la sentencie a un estado obsoleto.
La tesis searleana acerca de la verdad sostiene que ésta es una cuestión de co-
rrespondencia con los hechos; de lo cual se deduce que la falsedad consiste en
una ausencia de tal correspondencia. Sin embargo, notemos que en esta tesis se
encuentran dos nociones dignas de tener en cuenta: ‘hechos’ y ‘corresponden-
cia’. El “hecho” fue denido por Searle como el estado de cosas o condición
real de una situación. Entendió la correspondencia como los modos en que los
enunciados son verdaderos con relación a los hechos. Sería un error, entonces,
pensar que los enunciados verdaderos y los hechos son dos fenómenos aislados
que solo se unen lógicamente, o que los primeros se limitan a representar los
segundos. Los hechos operan causalmente de manera diferente al modo como
lo hace un enunciado verdadero, al que no es posible atribuir una fuerza causal.
La “post-verdad”, entonces, hace referencia a un hecho socialmente construi-
do, en el que se expresan unos enunciados como verdaderos, y cuya corres-
pondencia arbitraria conlleva a recurrir a “hechos alternativos” que están aco-
plados con la conveniencia de los intereses del hablante, a n de que el oyente
pueda reconocer su intencionalidad a partir de las condiciones inteligibles exis-
tentes. Sin embargo, puede existir la inquietud acerca de en qué sentido puede
un “hecho alternativo” ser arbitrario. Hacer referencia a un hecho paralelo al
141
Camelo, D. (2023). La “post-verdad” como hecho social: Hechos sociales,
intencionalidad y verdad en John Searle. Cuestiones de Filosofía, 9 (33), 127-146.
https://doi.org/10.19053/01235095.v9.n33.2023.14292
real para justicar un enunciado hace que éste sea necesariamente arbitrario
per se. El rasgo arbitrario recae sobre la correspondencia entre el enunciado y
el hecho paralelo.
Hablar de “post-verdad” es, en cierto sentido, un modo de representar una rea-
lidad construida de “algo” que no es independiente del lenguaje o, en palabras
de Searle (2017), que no es “meta-lingüístico”. El interés que alguien pueda
tener en la realidad no implica necesariamente que deba hacer armaciones
verdaderas. Es posible que, en ocasiones, la realidad no se acople con los in-
tereses del hablante y, por tanto, éste deba hacer armaciones con apariencia
de verdad apelando a hechos arbitrarios y, en consecuencia, a una correspon-
dencia arbitraria. Es claro que para Searle quien está interesado en la realidad
está interesado en la verdad y no en la “post-verdad”, ya que no habría una
“post-realidad”. En términos formales, esta aseveración tiene sentido. Pero,
como ya ha sido señalado en este trabajo, parece que el autor deja de lado la
singularidad de la conveniencia de la realidad del hablante. Puede ser que la
realidad sea la misma para muchos, pero las condiciones de inteligibilidad que
hacen posible la comprensión del oyente y los intereses del hablante no lo son.
Tratar de entender la “post-verdad” como si, en efecto, hubiera un hecho que
está más allá de la verdad o que va más allá de ésta, resulta ser un tanto delirante,
porque sería un error reducirla a la ausencia de correspondencia entre lo que se
enuncia y el hecho sobre el cual se enuncia, ya que la “post-verdad” no se limi-
ta a describir situaciones de aserciones falsas. Se puede incluso pensar que la
“post-verdad” tiene más de verdad que de falsedad, pues es verdad el hecho que,
efectivamente, no hay hecho que esté allende de la verdad, porque el problema
de la “post-verdad” no radica en la existencia o no del hecho que trascienda la
verdad, sino en el modo en que se representa la relación de correspondencia
entre un enunciado puesto como verdadero y un hecho arbitrario, ya que es un
factum que para que un enunciado sea falso no debe existir relación entre el
enunciado y los hechos, lo que quiere decir que tampoco hay correspondencia.
El problema de fondo de la “post-verdad” es el de la existencia de una corres-
pondencia arbitraria, y no de la inexistencia de hechos con los cuales se relacio-
ne un enunciado, ni mucho menos la ausencia de correspondencia entre estos.
La cuestión de la “post-verdad” no debería ser formulada en términos de ‘era’,
en cuanto periodicidad histórica, sino como un hecho que contiene una forma
lógica de expresarse y que, por lo demás, podría ser un hecho institucional por
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tratarse de una creación humana regida por reglas que producen una suerte de
efecto político. Estas reglas, más allá de regular conductas, crean conductas
que se relacionarían con los efectos políticos a los que hace referencia Searle
(2017) en su artículo. El tipo de reglas aludido es el de las ‘reglas constituti-
vas’, pues son ellas las que denen nuevas formas de conducta (1994, p. 42).
En consecuencia, los modos en que pueden lograrse tales conductas son: 1)
que la dirección de ajuste sea de ‘palabra-a-mundo’, pues en ella es posible
comprobar que un acto de habla es verdadero si existe el ajuste, es decir, si hay
correspondencia; 2) la manera en que la dirección de ajuste es ‘mundo-a-pa-
labra’, ya que presenta la realidad como si hubiera cambiado el estado de las
cosas. Es de aclarar que tanto el uno como el otro, hacen referencia al tipo de
habla propio de las “declaraciones”, ya que su forma lógica opera a la manera
como es creado un hecho institucional.
Esto nos lleva a pensar que la “post-verdad” sería un modo de representar la
realidad social a través de un acto de habla en el que, implicando un cierto
interés por la verdad, el hablante procura producir un efecto en quien lo
escucha, a través del reconocimiento de la intención del efecto producido
por lo que se dice. Este efecto sería, en consecuencia, perlocucionario toda
vez que el acto ilocucionario está asociado al signicado de los enunciados.
Pero quien realiza un acto ilocucionario, parcelando la verdad, no lo hace
porque no esté interesado en ella, sino porque hay una desconexión entre lo
que le conviene y lo que hay de verdad. Esto quiere decir que el interés por
la verdad radica en que, siendo encubierta a través de un acto de habla, el
hablante logre el efecto ilocucionario de que el oyente reconozca lo que se
le pretende decir, aun cuando no se tenga la necesidad de recurrir a la alte-
ración del signicado de lo que se pretende decir. En otras palabras, no es
necesario perturbar el signicado de lo que se dice para tener que encubrir la
verdad, pues basta con que al oyente no le convenga lo que dice el hablante,
por lo que su interés está basado en que la verdad se retraiga. La “post-ver-
dad” trasciende, entonces, el hecho de ser asociada o reducida, simplemen-
te, a ser mentira; no se limita a no-decir la verdad con relación a un hecho,
o a alterar el signicado del enunciado. A lo que se reere la “post-verdad”
es a la correspondencia arbitraria entre el enunciado y los hechos. Teniendo
en cuenta esta “correspondencia arbitraria”, se hace imperioso sostener que
en la “post-verdad” es necesario recurrir a “hechos alternativos” que con-
vengan a los intereses del hablante y, por ello, es que la verdad es parcelada.
143
Camelo, D. (2023). La “post-verdad” como hecho social: Hechos sociales,
intencionalidad y verdad en John Searle. Cuestiones de Filosofía, 9 (33), 127-146.
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La parcelación de la verdad no implica, bajo ninguna circunstancia, que haya
un desinterés por la verdad, o que se esté transgrediendo el signicado de lo
enunciado. Basta con que el oyente reconozca la intencionalidad del hablante
para que los hechos alternativos correspondan arbitrariamente con lo dicho.
Al respecto, Searle (1997) arma que “decir algo queriendo decir lo que sig-
nica consiste en intentar realizar un acto ilocucionario” (p. 54), debido a las
siguientes razones: 1) puede suceder que algunas emisiones no produzcan
ningún tipo de efecto perlocucionario asociado al signicado del acto ilocu-
cionario; 2) un hablante puede decir algo expresando su signicado y, aun así,
esto no implicaría producir algún efecto perlocucionario; 3) cuando un ha-
blante se dirige a un oyente, lo hace tanto para que éste reconozca la intención
con la que él habla como para que reconozca aquello sobre lo que él habla.
Para el lósofo norteamericano, solo hasta que se reconozca la intención ilo-
cucionaria es posible que el hablante tenga la certeza de haber dicho algo. En
este sentido, el reconocimiento por parte del oyente de lo que quiere decir el
hablante es la condición de posibilidad de que, en efecto, algo esté dicho, es
decir, los actos ilocucionarios son posibles si, y solo si, el oyente reconoce lo
que el hablante dice.
Conclusión
Queda claro, entonces, que el efecto del acto de habla sobre el oyente no debe
ser entendido en términos de credibilidad, pues no se trata de que quien oye
crea aquello que le están diciendo; consiste, más bien, en que el receptor com-
prenda la emisión misma. A este efecto lo denominó Searle (1997) “efecto
ilocucionario”: “(…) el hablante H intenta producir un efecto ilocucionario EI
en el oyente O, haciendo que O reconozca la intención por parte de H de pro-
ducir EI” (p. 56). No habrá entonces efecto ilocucionario sin comprensión del
sentido del acto ilocucionario. Pero esta correlación entre lo uno y lo otro nos
aboca a indagar por el modo como se llega a esta comprensión. Para Searle las
reglas que rigen la conformación de los enunciados emitidos, son las mismas
que garantizan el reconocimiento por parte del oyente, ya que, haciendo com-
prensibles los enunciados, se puede llegar a comprender la intencionalidad del
hablante. Por esta razón las reglas de los enunciados deben ser conocidas tanto
por quien habla como por quien oye.
Es posible armar, en consecuencia, que los enunciados son los medios a tra-
vés de los cuales se logra la intención de producir un efecto ilocucionario en
144 Cuestiones de Filosofía No. 33 - Vol. 9 Año 2023 ISSN 0123-5095 Tunja-Colombia
el oyente. La comprensión que el oyente hace de la emisión realizada por el
hablante, depende de las reglas a las que está sujeta la emisión. Esto indica que
ellas deben estar “revestidas” de una cierta agencia de inteligibilidad para que
se logre generar el efecto ilocucionario y no estén subordinadas a las condicio-
nes de conocimiento que se tengan del hecho enunciado, como lo asevera Sear-
le (1997). En pocas palabras: la comprensión de lo que me dicen no depende
de lo que yo “conozca” acerca de eso que me dicen, sino que consiste en que
yo “entienda” el signicado de lo que me están diciendo.
Al no estar en una condición de dependencia epistémica respecto a las repre-
sentaciones, la comprensión sería, entonces, una construcción social ontológi-
camente subjetiva que, desde luego, presupone la participación de ‘realidades
independientes’ de tal construcción. Para ponerlo en términos más prácticos,
esto quiere decir que el lenguaje, por ejemplo, es una realidad socialmente
construida que depende de realidades brutas, es decir, de aquellas que no sean
el producto de construcciones sociales (el papel, la tinta, etc.).
Las realidades sociales son hechos institucionales subjetivos, porque requieren
de la mediación de reglas que determinen los modos de ser de los enunciados
que un hablante emite. Los enunciados emitidos acerca del mundo dependen,
por tanto, de las representaciones subjetivas y éstas, a su vez, se constituyen en
la base inteligible para que estos sean comprendidos.
Si para comprender los enunciados se requiere que sean entendidos como
representaciones, pues éstas son las que constituyen las condiciones de inte-
ligibilidad, se podría decir, entonces, que en la consolidación de la “post-ver-
dad”, la intencionalidad del hablante debe estar encaminada a condicionar la
inteligibilidad del oyente.
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