TY - JOUR AU - Cervantes Díaz, Fernando PY - 2016/06/30 Y2 - 2024/03/28 TI - Derecho a la intimidad y habeas data JF - Derecho y Realidad JA - Derecho real VL - 7 IS - 13 SE - Artículos DO - UR - https://revistas.uptc.edu.co/index.php/derecho_realidad/article/view/5010 SP - AB - <p>“Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su<br />buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo,<br />tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan<br />recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y<br />privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la<br />libertad y demás garantías consagradas en la Constitución”. Los límites entre<br />el derecho a la intimidad, el derecho a la información y el habeas data son muy<br />difusos. Este escrito busca abrir una pequeña ventana para dar respuesta a los<br />problemas que se suscitan cuando uno de ellos se sobrepone al otro.</p> ER -