TY - JOUR AU - Barrera S., José Noé PY - 2016/07/07 Y2 - 2024/03/28 TI - Competencia discrecional, Constitución Política y responsabilidad del funcionario público JF - Derecho y Realidad JA - Derecho real VL - 6 IS - 11 SE - Artículos DO - UR - https://revistas.uptc.edu.co/index.php/derecho_realidad/article/view/5090 SP - AB - <p>El funcionario público en ejercicio de sus funciones está facultado para<br />realizar todo aquello que la Constitución, la ley o el reglamento le autoriza,<br />pero si pese a ello debe optar por tomar decisiones que aún no las encuentra<br />en tal normatividad, amparado en el poder discrecional debe partir de los<br />motivos que le sirven de fundamento para buscar los fines de la<br />administración, que se concretan en el buen funcionamiento, mejoramiento<br />y desarrollo de la gestión estatal para la búsqueda del bien común. De ahí<br />que el funcionario que amparado en el poder discrecional cause daño o<br />menoscabo de derechos, debe responder penal, civil, disciplinaria y<br />fiscalmente, frente al Estado, la sociedad y el perjudicado con la decición<br />arbitaria.</p> ER -