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Political pluralism in the framework of the post-agreement and in the face of the situation of human rights defenders and social leaders in Colombia

Abstract

The objective of this article is to analyze, from a theoretical and reflective point of view, how the practice of political pluralism can materialize in order to improve the situation of social leaders and human rights defenders in Colombia. The methodology used is based on the consultation of sources that allow us to understand the importance of the notion of pluralism and the role played by defenders of rights. The fact that not only should the existence of rights for legal interpretation be discussed, but also the promotion of these should also be considered. Finally, it is concluded that the Comprehensive Security System for the Exercise of Politics must be strengthened and linked with the different State institutions in order to create a coordinated structure that guarantees the protection of social leaders, their work and the reestablishment of their Rights.

Keywords

Human rights defenders, Political pluralism, Agonism, Deliberative democracy, Comprehensive security system for the exercise of politics

PDF (Español)

Author Biography

Segundo Eurípides Marín Beltrán

Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Gestión Pública de la ESAP.


References

  1. Alto Comisionado para la Paz, Colombia. (2016). (24 de noviembre de 2016). Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. Bogotá.
  2. Ben-Néfissa, S. y Destremau, B. (2011). Protestations sociales, révolutions civilis. Transformations du politique dans la Méditerranéearab. iviles OUT SERIE 2011.
  3. Biglino-Campos, P. (2016). Cataluña, federalismo y pluralismo político. Teoría y realidad constitucional, ISSN 1139-5583, Nº 37, 2016 (Ejemplar dedicado a: La cuestión catalana), pp. 449-460.
  4. Carbonell Benito, G. (2004). Asociaciones y pluralismo político. Pluralismo: perspectivas políticas y desarrollos normativos, 2004, ISBN 84-8456-046-5, pp. 209-252.
  5. CIDH. (1999). Recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Obtenido de https://www.cidh.oas.org/annualrep/98span/Capitulo%207.htm (16 de abril de 1999).
  6. CIDH. (1999). Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las américas. CIDH. https://www.cidh.oas.org/countryrep/defensores/defensorescap1-4.htm
  7. Constitución Política. (1991). El Pueblo de Colombia. (7 de julio 1991).
  8. Decreto 4912 (2011). Diario Oficial 48294. (26 de diciembre de 2011).
  9. Eguren-Fernández, L. E. (2017). Los programas nacionales para la protección de defensores de derechos humanos: un análisis crítico desde la perspectiva de políticas públicas. Tesis doctoral dirigida por Cristina Churruca Muguruza (dir. tes.). Universidad de Deusto.
  10. Fernández-Celedón, F.& Bermúdez Bueno, W. (2022). Logros y contradicciones de la justicia especial para la paz (JEP) en el marco del postacuerdo de paz en Colombia. Multiverso journal, ISSN-e 2792-3681, Vol. 2, Nº. 2, 2022, págs. 54-68.
  11. Fernández-Marugán, F. (2019). Los defensores de los derechos humanos | Human rightsdefenders. Cuadernos electrónicos de filosofía del derecho, ISSN-e 1138-9877, Nº. 39, 2019 (Ejemplar dedicado a: CEFD Nº 39. Publicación de las actas del Congreso Internacional 70 Aniversario Declaración Universal de Derechos Humanos).
  12. Ferrajoli, L. (2005). Los fundamentos de los derechos fundamentales. Madrid: Trotta, S.A.
  13. García-Romero, J. E. (2019). El Acuerdo de Paz de La Habana. Un cambio institucional ambicioso con una estrategia dudosa. Estudios Políticos, ISSN 0121-5167, ISSN-e 2462-8433, Nº. 55, 2019, pp. 182-204.
  14. Habermas, J. (1999). Teoría de la acción comunicativa. 2 t., Taurus, Madrid.
  15. Human RightsWatch. (2021). Líderes desprotegidos y Comunidades Indefensas. Estados Unidos de Norte América.
  16. Lazarte, J. (2006). ¿Son necesarios los partidos políticos? La alternativa de las Agrupaciones ciudadanas y de Pueblos indígenas. Bolivia: fin de un siglo y nuevas perspectivas políticas (1993-2003)/coord. por Pilar Domingo, 2006, ISBN 84-7290-317-6, págs. 93-117.
  17. Lizcano, M. (12 de febrero de 2021). El 53 % de los asesinatos de defensores de derechos humanos en 2020 sucedieron en Colombia. Mongabay 2021.
  18. Lowenhaupt, A. (2005), Friction: an ethnography of global connection. Published by Princeton University Press.
  19. Martínez Palacios, J. (2017). Exclusión, profundización democrática e interseccionalidad. Investigaciones feministas, ISSN 2171-6080, Vol. 8, Nº. 1, 2017 (Ejemplar dedicado a: Monográfico: Justicia social, interseccionalidad y profundización democrática), pp. 53-71.
  20. Mouffe. C. (1999). El retorno de lo político, Barcelona: Paidós.
  21. Negro-Pavón, D. (1995). La tradición liberal y el Estado, Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, Madrid, 1995, págs. 256-259.
  22. Nuevo López, P. (2007). Pluralismo político y derechos educativos. Tesis doctoral dirigida por Carlos Vidal Prado (dir. tes.). Universidad CEU San Pablo.
  23. Organización de Naciones Unidas. (1948). declaración universal de los Derechos Uumanos. Resolución de la asamblea general. (10 de diciembre de 1948).
  24. Organización de Naciones Unidas. (1999). Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones, de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos. Declaración Asamblea General. (8 de marzo de 1999).
  25. Organización de Naciones Unidas (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. Declaración. Resolución de la asamblea general. (10 de diciembre de 1948).
  26. Programa Somos Defensores. (2021). Boletín trimestral sistema de información sobre agresiones contra personas defensoras de derechos humanos en Colombia –SIADDHH. Bogotá.
  27. Rawls, J. (1993). Liberalismo Político. México, Fondo de Cultura Económica.
  28. Segovia, J. F. (2008). Verbo (Madrid). Revista de formación cívica y de acción cultural, según el derecho natural y cristiano, ISSN 0210-4784, Nº. 465-466, 2008, pp. 441-488.
  29. Sentencia T-388 de 2019. Colombia, Corte Constitucional. MP. Diana Fajardo Rivera. (26 de agosto de 2019).
  30. Sentencia T-234 de 2012.
  31. Colombia, Corte Constitucional. MP. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. (21 de marzo de 2012).
  32. Sentencia T-078 de 2013. Colombia, Corte Constitucional. M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. (14 de febrero de 2013).
  33. Sentencia T-473 de 2018. Colombia, Corte Constitucional. M.P. Alberto Rojas Ríos. (10 de diciembre de 2018).
  34. Ugarte, K. (2016). La responsabilidad internacional de los Estados en materia de Derechos Humanos. Lex: Revista de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Alas Peruanas.
  35. Vattimo, G. et al. (1990). Le ragionietico-politichedell’ermeneutica: IsaiahBerlin, Amartya. Kumar Sen, Vittorio Mathieu. Torino: Giovanni Agnelli, 1990.
  36. Velasco Cano, N. y Llano Franco, J. V. (2016). Derechos Fundamentales: un debate desde la argumentación jurídica, el garantismo y el comunitarismo. Revista NovumJus 10(2); pp: 35-55.

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