https://doi.org/10.19053/uptc.01227238.18257

Artículo de Reflexión

 

La educación infantil en Guatemala. Una mirada histórica. Siglos XX y XXI

Early Childhood Education in Guatemala. A Historical Perspective. 20th and 21st Centuries

A educação infantil na Guatemala. Um histórico histórico. Séculos XX e XXI

 

 

Ana María Hernández Ayala [1]*  https://orcid.org/0000-0002-6790-9409

 

*Instituto de Investigaciones Educativas EFPEM-USAC, Efpem Guatemala

 

Resumen

Objetivo: establecer históricamente los contrastes y puntos de encuentro en la educación infantil guatemalteca que fue ofrecida durante los siglos XX y XXI, indicando avances y desafíos.

Originalidad/aporte: la información obtenida contribuye a la interpretación de los hechos acontecidos con relación a la atención de la primera infancia en Guatemala durante los siglos XX y XXI. Gracias a su alcance exploratorio, se constituye en un referente historiográfico que favorecerá el estudio de su evolución y servirá para la toma de decisiones ante los desafíos que se presenten en el país.

Método: se empleó el método comparativo para realizar el cotejo sistemático con base en los marcos legal, educativo y temporal de la atención de la primera infancia en Guatemala durante los siglos XX y XXI, a fin de conocer, interpretar y analizar los hechos pasados, actuales y los retos por enfrentar.

Estrategias/recolección de la información: los elementos básicos para recuperar la información fueron el análisis, la revisión documental y la entrevista.

Conclusiones: la educación infantil durante el siglo XX fue exclusiva para el área urbana, lo cual significó que la niñez guatemalteca indígena y del área rural quedara excluida y que fuera atendida parcialmente desde 1977 con fines de castellanización y con un acceso inequitativo. Tal situación empieza a cambiar con la ratificación de los Derechos del Niño en 1990 y la aprobación de leyes y políticas que protegen y favorecen la atención de la primera infancia de manera equitativa y pertinente. La educación infantil, a partir del análisis y la interpretación llevados a cabo, muestra avances durante el siglo XXI, pero también grandes desafíos, los que demandan materializar una atención oportuna, pertinente e inclusiva para los niños entre 0 y 6 años.

Palabras clave: Primera infancia: educación infantil; preprimaria-párvulos; exclusión-desafíos, Guatemala.

 

Abstract

Objective: to historically establish the contrasts and points of convergence in Guatemalan early childhood education in the 20th and 21st centuries, identifying advances and challenges.

Originality/contribution: the information obtained contributes to the interpretation of events related to early childhood care in Guatemala during the 20th and 21st centuries. Thanks to its exploratory scope, it constitutes a historiographical reference that will favor the study of its evolution and will be used for decision-making in the face of the challenges that arise in the country.

Method: the comparative method was used to make a systematic parallel based on the legal, educational, and temporal frameworks of early childhood care in Guatemala during the 20th and 21st centuries, in order to understand, interpret, and analyze past and current events and challenges.

Strategies/Information Collection: the basic elements for recovering information were analysis, document review, and interviews.

Conclusions: during the 20th century, early childhood education was limited to urban areas, which meant that indigenous and rural Guatemalan children were excluded and, since 1977, only partially served for Hispanicization purposes and with unequal access. This situation began to change with the ratification of the Rights of the Child in 1990 and the approval of laws and policies that protect and promote early childhood care in an equitable and appropriate manner. Early childhood education, based on the analysis and interpretation carried out, shows progress in the 21st century, but also great challenges that require the materialization of timely, pertinent and inclusive care for children between 0 and 6 years old.

Keywords: Early childhood; early childhood education; pre-kindergarten; exclusion-challenges; Guatemala.

 

Resumo

Objetivo: Estabelecer historicamente os contrastes e pontos de encontro na educação infantil guatemalteca oferecida durante os séculos XX e XXI, determinando progressos e desafios.

Originalidade/contribuição: As informações recuperadas contribuem para a interpretação dos acontecimentos ocorridos em relação ao cuidado da primeira infância na Guatemala durante os séculos XX e XXI, tornando-se, pelo seu alcance exploratório, uma referência histográfica que favorecerá o estudo de sua evolução e como evidência para a tomada de decisões face aos desafios que devem ser enfrentados como país.

Método: Metodologicamente, utilizou-se o método comparativo para estabelecer uma comparação sistemática a partir dos marcos legais, educacionais e temporais da atenção à primeira infância na Guatemala durante os séculos XX e XXI, com o objetivo de conhecer, interpretar e analisar acontecimentos passados, atuais e atuais. os desafios a serem enfrentados.

Estratégias/recolha de dados: A análise e revisão documental, bem como a entrevista foram os elementos básicos para recuperar e recolher a informação.

Conclusões: A educação infantil durante o século XX era exclusiva da área urbana, excluindo as crianças indígenas guatemaltecas e as provenientes de áreas rurais que eram parcialmente atendidas desde 1977 para fins de castilização e com acesso desigual; Esta situação começou a mudar com a ratificação dos Direitos da Criança em 1990 e a aprovação de leis e políticas que protegem e promovem os cuidados na primeira infância de forma equitativa e relevante. A educação infantil, a partir da análise e interpretação realizadas, apresenta avanços durante o século XXI, porém também grandes desafios, que exigem a concretização de cuidados oportunos, relevantes e inclusivos para crianças entre 0 e 6 anos.

Palavras-chave: Primeira infancia; educação infantil; creche; desafios de exclusão e Guatemala.

 

Recibido: 10/02 /2024

Evaluado: 16/03/024

Aprobado: 27/06/2024

Publicado: 01/09/2024

 

Introducción

La educación infantil es un proceso de formación que le permite al ser humano desde sus primeros años de existencia desarrollar su personalidad e intelecto. A lo largo de la vida, el proceso educativo podrá impactar las diferentes áreas del ser humano; además, la presencia o ausencia de este determinará su desarrollo integral, actitudes y comportamientos frente a los diferentes retos de la vida; igualmente, el conocimiento de sí mismo, la autoestima y la capacidad para relacionarse con otros incidirán en la forma como este asuma tales desafíos.

En el contexto guatemalteco, la educación infantil se encuentra dirigida a niños y niñas de entre 0 y 6 años, lo que está definido en la Política Pública de Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Guatemala 2010-2020 y 2024-2044. Para el caso del periodo 2024-2044, la política ha sido recientemente reformulada y publicada; además, la política está relacionada y vinculada con el Decreto 12-91 Ley de Educación Nacional, particularmente en lo relacionado con la prestación de servicios educativos en los niveles de educación inicial y preprimaria.

Durante el siglo XX, Guatemala ofreció educación infantil sobre todo a niños y niñas de entre 4 y 6 años. De hecho, a principios de siglo, era dirigida principalmente a infantes de 6 e incluso 7 años en secciones anexas a escuelas del nivel primario y en los dos primeros Kindergarten nacionales, los que comenzaron funciones en 1902 y posteriormente fueron ampliando su atención a niños de entre 4 y 7 años. La educación infantil era exclusiva para la niñez que residía en algunas zonas de la ciudad capital y en las cabeceras de los departamentos del país, lo que redujo la cobertura y atención a zonas urbanas y, por ende, dejaba fuera de este servicio las áreas rurales en donde habitaban y habitan− niños y niñas indígenas, cuyas familias vivían y viven− en situación de pobreza y extrema pobreza. Asimismo, es importante mencionar que la educación infantil que se prestó en ese siglo, se hizo a través de lo que en las primeras tres décadas fue denominado párvulos y que en los siguientes años fue llamado preprimaria o nivel de educación preprimaria, cuyo enfoque fue completamente escolarizado y en el que los padres no tenían mayor involucramiento.

Como parte de la atención que fue ofrecida en el siglo XX a los niños y niñas menores de 4 años, se destaca en el final de la segunda década la aparición de la Sociedad Protectora del Niño, que permitió la creación y el funcionamiento de la primera Casa del Niño, cuyo propósito fue apoyar a madres trabajadoras de escasos recursos con el cuidado de sus hijos mientras trabajaban. En otras palabras, podría decirse que fue la primera expresión real y tangible de la educación inicial, aunque con el concepto de que era el lugar en el que se guardaba a los niños mientras sus progenitoras trabajaban y no necesariamente para estimularlos, protegerlos, brindarles alimentación adecuada y oportuna, y cuidado amoroso, que son elementos considerados claves en el siglo XXI para la atención de la niñez durante la primera infancia.

Del siglo XX al XXI se dan cambios y se generan avances cuantitativos y cualitativos en el acceso y forma de acompañar y formar al niño desde la educación infantil, considerando que los infantes de 0 a 6 años son sujetos activos de derecho que deben desde el vientre de su madre ser estimulados, amados, alimentados y cuidados; además de involucrar a los padres y a las comunidades de forma asertiva y protagónica en las actividades que favorecen su desarrollo integral, es decir, implementando programas con enfoque comunitario.

También vale la pena mencionar que otro gran avance aunque sin duda con grandes retos y desafíos, al igual que los anteriores− es la atención desescolarizada y con enfoque comunitario de la niñez de 0 a 3 años que reside en el área rural y que vive en condiciones de pobreza y extrema pobreza. A lo que también se suma, que sus padres y comunidades experimentaron los efectos del conflicto armado interno de Guatemala que duró 36 años en el siglo XX. Pero para el caso de la niñez de entre 4 y 6 años, que, de acuerdo con la Ley de Educación vigente (Decreto 12-91), debe ser atendida a través del nivel de educación preprimaria, lamentablemente esto no se aplica totalmente, a pesar de los esfuerzos desarrollados en este siglo (XXI).

Tomando en cuenta lo expuesto, el presente artículo fue desarrollado en el marco de una investigación comparativa que permitió el análisis y cotejo entre los siglos XX y XXI con respecto a cómo se desarrolló y evolucionó la educación infantil en Guatemala, considerando que la educación infantil como proceso formativo es dirigido a la niñez de entre 0 y 6 años y a sus madres. El que fuese comparativa favoreció la identificación de elementos tanto comunes como diferentes entre los siglos motivo de estudio, pero también entre las décadas o periodos político-sociales vividos en el país.

En este sentido, fueron identificadas y analizadas las leyes de educación del siglo XX, las que legalmente variaron la forma como eran nombradas y que señalaban en su contenido avances, cambios, retrocesos, así como el retorno de concepciones y estructuras, todo esto asociado al momento político-social que vivía Guatemala. Es importante mencionar que únicamente se consideraron las leyes de educación del siglo XX, como puede ser apreciado a continuación en este escrito, pues la última que fue promulgada en el país y que está vigente, es la de 1991. Para el siglo XXI esta es el marco legal de la formulación y entrada en vigencia de la Política Pública de Desarrollo Integral de la Primera Infancia de los periodos 2010-2020 y 2024-2044.

Metodología

El paradigma hermenéutico fue considerado para el desarrollo del estudio. Este, según Méndez Cabrita et al., “supone que en la realidad o en el texto existen sentidos que oportunamente no han sido desentrañados, lo que impone la necesidad de acometer la recuperación de verdades no abarcadas”[2]. A este respecto, en el proceso de investigación se recopiló información relacionada con el desarrollo histórico de la educación infantil en Guatemala durante los siglos XX y XXI, con el propósito de estudiar y recuperar de forma detallada, desde el marco de la normativa legal educativa, la manera como fue atendida la primera infancia. La información reunida ofreció datos relacionados con el acontecer histórico, y luego del análisis y la interpretación favoreció la comprensión de los hechos históricos que de manera interconectada tendrían mayor sentido y valor, y permitirían la comparación entre el desarrollo de esta en los siglos estudiados.

El diseño metodológico consideró el método comparativo, pues este establece que la comparación histórica “plantea, por tanto, fenómenos en su extensión y localización espacio-temporal; aspira siempre a reconstruir la realidad pasada desde perspectivas presentes, que a su vez, están relacionadas con expectativas de futuro[3]”. Este favoreció llevar a cabo una comparación sistemática de orden educativo, legal y temporal entre los hechos y sucesos que materializaron la atención de la niñez guatemalteca de 0 a 6 años, durante los siglos XX y XXI, así como determinar situaciones pasadas, actuales y los desafíos por enfrentar. Además, tuvo un alcance exploratorio, el cual es definido como aquel que permite “familiarizarse con fenómenos relativamente desconocidos”[4], pues a pesar de ser un tema fundamental para la sociedad, ha sido poco investigado o abordado, y la literatura revela poca información relacionada con el tema de estudio.

La información fue obtenida a través del análisis documental, que hizo posible el proceso de descripción para poder interpretar. Asimismo, fue empleada la entrevista con personas que vivieron y trabajaron dentro del ámbito y tiempo estudiados.

La educación infantil en Guatemala durante los siglos XX y XXI

El infante y su concepción como parte de la primera infancia en los siglos XX y XXI

La infancia es un periodo de la vida del ser humano que posee marcadas diferencias con el de la vida adulta y aunque parece que siempre el niño ha sido visto y tratado como niño, esto no ha sido así, pues la historia de la infancia refiere que es en Europa y en el siglo XVII que surge el concepto de niño, concibiéndolo como un adulto en pequeño o en miniatura, lo que provocaba que el periodo de la infancia durara poco o fuera relativamente corto. A esto se suma el hecho de que, a pesar de haber vivido muy pocos años, debía asumir funciones, actitudes, pasatiempos y actividades de una persona adulta[5], lo que sin duda alguna no le permitía vivir a plenitud esta etapa de la vida ni desarrollar las habilidades que solo en esta se pueden alcanzar a plenitud.

En cuanto al desarrollo histórico de la definición y concepción de niño, este inicia su proceso de evolución a partir del Renacimiento y el surgimiento de las ciudades y, con ellas, la familia nuclear, la que genera un mayor vínculo entre padres e hijos, así como una diferenciación entre niños y adultos[6]. En el siglo XVIII se va afianzando el término y la percepción de infancia; sin embargo, es a partir del siglo XIX que se promulgan las primeras leyes para la protección de la infancia, enfocadas sobre todo en salvaguardarla con relación a las fábricas y el trabajo[7].

A finales del siglo XX, que es el siglo que el presente artículo busca comparar con respecto al XXI en función de la visibilidad y el reconocimiento desde el marco legal de la educación infantil en Guatemala, así como del acceso que han tenido los niños y niñas, el niño es reconocido como titular de derecho, principalmente a través de la Convención de los Derechos del Niño, que Guatemala ratifica en 1990, siendo el sexto país en hacerlo. Dicha convención en su artículo 1 señala que entiende por niño a “todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”.

Según lo antes expuesto, es necesario destacar que la idea del siglo XVII, en la que el niño era concebido como un adulto en pequeño o en miniatura, queda atrás, y aunque es desde finales del siglo XX que en realidad el niño y niña son vistos como sujetos de derecho y que el concepto de estos cambia en el sentido de que es un ser humano desde que es concebido (considerando este desde sus primeros años de vida a través de la atención de la salud, la educación, una adecuada y pertinente nutrición, protección y cuidado amoroso), no necesariamente la realidad demuestra un cambio en el concepto y la atención de estos. El niño y la niña son seres humanos con características, necesidades e intereses diferentes a las de un adulto, por lo que su proceso de atención y formación debe ser acorde a cada etapa de su desarrollo y atender las necesidades del contexto y realidad socioeconómica en la que vive. Así, la Convención de los Derechos del Niño de 1989, que contiene 54 artículos, reconoce “que todos los menores de 18 años tienen derecho al pleno desarrollo físico, mental y social y a expresar libremente sus opiniones. Además, la Convención también es un modelo para la educación, nutrición, salud, protección contra la violencia, la supervivencia y el progreso de toda la sociedad”[8].

La ratificación de la Convención para Guatemala en 1990 sentó las bases para iniciar el recorrido histórico desde el marco legal que permita, sobre todo en el siglo XXI, la atención protección y cuidado de la niñez guatemalteca, pues es en el año 2003, que se promulga la Ley de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia (Ley PINA), y en 2007 y 2008 la Declaratoria de los Encuentros Nacionales por la Primera Infancia, los que reconocieron la primera infancia como prioridad. Además, en 2010 se formula la primera política de atención a la primera infancia en el país, la Política Pública de Desarrollo Integral de la Primera Infancia (PPDIPI) 2010-2020, que en abril del presente año (2024) es actualizada y nuevamente aprobada con ajustes acordes a la realidad y contexto de país, y ha sido denominada Política Pública de Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Guatemala 2024-2044. Dentro del contexto guatemalteco, este marco legal es una esperanza, pues podrá transformar la vida de la niñez, ratificando el reconocimiento de los niños y las niñas como sujetos activos de derecho y destinando recursos desde los diferentes actores intersectoriales para la atención oportuna, pertinente e inclusiva de estos.

Teniendo como marco la concepción del niño y la niña guatemalteca en el siglo XXI y que evolucionó cualitativa y cuantitativamente con respecto a la del siglo XX, aunque este último fue el que sentó las bases en su última década de lo que hoy en día se concibe, ofrece y se visiona. A continuación, se realiza un recorrido histórico desde la normativa legal educativa, es decir, leyes de instrucción educativa, leyes orgánicas de educación nacional y ley de educación nacional, promulgadas desde 1901 hasta 1991, para comparar las leyes con respecto a cómo incluían la educación infantil, la que también fue denominada como de párvulos o preprimaria, y que desde finales del siglo XX reconoció e incluyó la educación inicial como parte de esta. Además, para cotejar los siglos XX y XXI en cuanto a la visibilidad y atención de los niños de 0 a 6 años desde la educación infantil, el cumplimiento de la normativa legal y el acceso de los niños y niñas guatemaltecos a servicios educativos sin discriminación alguna, con inclusión y pertenencia cultural.

Reconocimiento y visibilidad legal del infante como sujeto de derecho en Guatemala y su acceso a servicios educativos durante los siglos XX y XXI

El marco normativo de un país está integrado por leyes, decretos y reglamentos que se convierten en la normativa de carácter legal y obligatorio que favorece el goce de derechos y la puesta en práctica de obligaciones ciudadanas. En tal sentido, el infante desde su concepción es un ser humano, sujeto de derecho que demanda protección, cuidado cariñoso y afectuoso, adecuada y pertinente alimentación, salud y educación, por mencionar las áreas de desarrollo más valiosas y determinantes en la vida de un niño o niña, que en lo consecutivo podrán ser nombrados o denominados como infante. Además, es importante mencionar que en Guatemala la Política Pública Desarrollo Integral de la Primera Infancia 2010-2020[9] indica que la primera infancia se ubica por edad entre los 0 y los 6 años, lo que también determina la Política Pública de Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Guatemala 2024-2044[10] (la que revisó y actualizó, de acuerdo con el contexto y las necesidades, la rectoría de esta, sus líneas estratégicas, actores, tiempos y metas) que fue aprobada mediante el Acuerdo Gubernativo n.° 61-2024 y que entró en vigencia el 23 de abril de 2024, un día después de ser publicada oficialmente en el país.

Tomando en cuenta a quienes integran la primera infancia en el país, vale la pena mencionar que el Comité de los Derechos del Niño también conocido por sus siglas en inglés como CRC y que está integrado por 18 expertos encargados de dar seguimiento y monitorear la implementación de la Convención sobre los Derechos del Niño[11]− define la primera infancia como el período comprendido desde el nacimiento del niño o niña, hasta sus 8 años de edad. Es importante destacar que, según el CRC[12], “las definiciones de primera infancia varían entre países y regiones, según las tradiciones locales y la organización de los sistemas educativos”. Para el caso de Guatemala, la primera infancia se considera desde la concepción y se prolonga hasta los 6 años, periodo de la vida del infante en el que debería tener acceso a una educación infantil en los niveles inicial y preprimario. Precisamente, esta es la razón de ser de este estudio comparativo (siglo XX-siglo XXI).

Al tener certeza y claridad de lo que hoy, en el siglo XXI, se define como la edad de la primera infancia en Guatemala y que, como se mostrará a continuación, no siempre fue definida de igual forma en el siglo XX, pues no se hablaba de primera infancia como tal, ni se consideraba al infante como sujeto centro de procesos formativos (de hecho, durante las primeras cuatro décadas del siglo XX, solo los niños entre 4 y 6 años tenían la posibilidad de ir a una escuela de párvulos o a un aula anexa parvularia), seguidamente se presenta el recorrido que ha vivido la primera infancia (0-6 años) y la educación infantil con respecto a su reconocimiento y visibilidad legal a través de los cambios, evolución y retrocesos que evidencian las leyes de educación y sus reglamentos en el siglo XX.

Entonces, como parte del recorrido vivido dentro del ámbito legal en materia educativa y que permitió dar los primeros pasos en el desarrollo de la educación infantil y, por ende, de la atención de los infantes de 0 a 6 años en Guatemala, las Leyes de Educación o Leyes Orgánicas de Educación que han formado parte de la historia en este ámbito, ofrecen información con respecto a cómo los gobiernos de turno concebían y prestaban atención a la educación de los habitantes más pequeños de Guatemala. En tal sentido, ahora se ofrecen elementos clave de las Leyes de Educación desde 1901, sobre todo, las que en su contenido incluyen la atención de los niños y niñas entre los 0 y los 6 años; pero, antes de exponer estos elementos, la siguiente figura muestra de forma cronológica las Leyes de Educación aprobadas y que entraron en vigencia durante el siglo XX. En este punto cabe mencionar que la Ley de Educación Nacional, que se encuentra vigente en el siglo XXI, fue emitida en el siglo anterior, específicamente en el año 1991.

 

Figura 1. Leyes de educación de Guatemala en el siglo XX

 

Teniendo como referente la temporalidad de cada una de las leyes de educación, a continuación se detalla la forma como cada una de estas concebía y visibilizaba la atención educativa, la educación infantil, para los niños de 0 a 6 años.

Ley de Instrucción Primaria (1901)

Para el año 1901 gobernaba Guatemala el licenciado Manuel Estrada Cabrera (1898-1920), quien era liberal y fue considerado un dictador y tirano; de hecho, la educación en ese momento tenía carácter militar. Durante su periodo de gobierno se aprueba la Ley de Instrucción Primaria, la que dividió la educación en elemental y complementaria, y dio vida nuevamente a la Dirección General de Instrucción Primaria, que había sido suprimida durante el periodo de gobierno anterior.

La educación llamada complementaria durante esta época correspondía al cuarto, quinto y sexto grados[13] y era impartida solo en 9 departamentos del país: Guatemala, Sacatepéquez, Alta Verapaz, Baja Verapaz, Quetzaltenango, San Marcos, Totonicapán, Sololá y Chiquimula.

En cuanto al tema principal de este estudio, la educación dirigida a los infantes de 0-6 años de esa época (educación infantil), estaba bajo el paraguas legal de la Ley de Instrucción Primaria; particularmente, en el año 1902 se crea el Kindergarten Nacional, que, mediante su acuerdo de creación resuelve:

1º. Establecer en esta capital una escuela que se denominará: Kindergarten Nacional, para niños de 4 a 7 años de edad. 2º. Que las pequeñas secciones de kindergarten, que en la actualidad existen en los establecimientos nacionales de enseñanza, se resuman en la nueva escuela. 3º. Que la Secretaría de Instrucción Pública proceda a la designación del personal que debe funcionar en el Kindergarten Nacional, tomando para organizarlo las asignaturas de las partidas: 98, 107, 108 y 111[14].

Es importante mencionar que Guatemala para el año 1901 ya contaba con un reducido número de aulas de Kindergarten, las que funcionaban de forma anexa en escuelas primarias y que además no prestaban un servicio educativo vanguardista, tal como ya se daba en otros países. Hay que destacar que para ese momento ya funcionaba el Kindergarten privado.

Guatemala inicia con la idea de la atención educativa a los más pequeños desde 1871, momento en el que Justo Rufino Barrios, quien gobernaba el país, trae educadores extranjeros, y su preocupación por estos pequeños queda plasmada en la política educativa de la revolución de 1871[15].

De lo referido se infiere que la primera década del siglo XX marca un antes y un después en la historia de la educación infantil y la atención de la primera infancia para niños y niñas de 4 a 6 años, pues puede decirse que sienta las bases de la educación parvularia (hoy, en el siglo XXI, nivel de educación preprimaria) en Guatemala; sin embargo, no se asume la atención desde la concepción hasta los 4 años de la niñez guatemalteca, la que actualmente en el siglo XXI es definida como nivel de educación inicial, lo que la invisibiliza.

Ley Orgánica de Instrucción Pública (1927)

Durante el gobierno del general Chacón se expide la Ley Orgánica de la Educación, que permitió la reorganización del sistema educativo guatemalteco y la creación de la Dirección General de Kindergarten. A través de esta Dirección se desarrolló la clasificación de Escuelas Maternales y de Párvulos[16].

Con la clasificación de lo que podría considerarse dos etapas en la atención de niños de 0 a 6 años en Guatemala, se presta no solo atención a los infantes de 4 a 7 años, sino también a los más pequeños; es la primera vez que se ofrece atención al grupo etario de los más pequeños (0-4 años). Lo anterior los visibiliza en la estructura ministerial y continúa sentando las bases de la educación infantil para toda la niñez que la demanda por su edad.

Es importante mencionar que antes de la gestión de gobierno del general Lázaro Chacón en 1922 y luego de la dictadura de Estrada Cabrera, el general José María Orellana, presidente en ese momento, funda las primeras escuelas de párvulos: 1) Escuela n.° 1 Ramona Gil; 2) Escuela n.° 2 Federico Froebel; y 3) la Escuela J. Enrique Pestalozzi.

Además, en el año 1920, y después de la caída del gobierno de Manuel Estrada Cabrera, se funda el 29 de octubre de ese mismo año la Sociedad Protectora del Niño en Guatemala, cuya principal razón de ser fue la atención y el apoyo a madres que afrontaban situación de pobreza y pobreza extrema, así como a niños que habían quedado en el desamparo. Así, durante el siglo XX fueron fundadas seis casas del niño, las cuales fueron abiertas en diferentes momentos históricos y con características de gobierno diferentes. En ellas, los niños eran acogidos durante las jornadas de trabajo de sus madres. La siguiente figura muestra las casas del niño fundadas por número y año.

 

Figura 2. Casas del Niño en Guatemala fundadas en el siglo XX

 

Como puede apreciarse a través de la figura anterior y lo antes descrito, los servicios de educación infantil para los niños que vivían su primera infancia en ese momento eran casi exclusivos para aquellos que residían en la Ciudad de Guatemala y en el área urbana.

La fundación de la primera Casa del Niño en 1920 trajo consigo retos, puesto que debían ser más que lugares donde se cuidaban o guardaban a los niños mientras sus madres trabajaban; de modo que en 1927 se funda la Escuela de Niñeras, que eran las responsables directas del cuidado de los menores.

Con la formación de niñeras, a través de la escuela creada para ello, surge la preocupación y el esfuerzo por crear una Escuela Normal que instruyera a las maestras que tendrían a su cargo la atención, sobre todo, de los niños de 4 a 7 años en los Kindergarten, las escuelas parvularias y aulas anexas de párvulos. Así, el 23 de junio de 1928 se inaugura la Escuela Normal de Maestras para Párvulos, en una casa situada en la 14 calle oriente, número 24 de la Ciudad de Guatemala. En ese momento, el ministro de Educación Pública era el licenciado J. Antonio Villacorta y el director del Departamento Escolar, el Doctor Alfredo Carrillo Ramírez[17], de quien años más tarde llevaría el nombre esta normal.

La Ley Orgánica de Instrucción Pública de 1927 fue reformada en 1929, especialmente por la creación de la Escuela Normal de Maestras para párvulos en 1928, que sería la encargada de formar a educadoras que tendrían bajo su responsabilidad los jardines de niños (escuelas de párvulos), lo que también provocó un crecimiento en el número de jardines infantiles, pero, sobre todo, permitió que la educación infantil parvularia ganara un espacio dentro del sistema educativo; pero, lamentablemente, la educación del área rural quedó en el olvido y completamente descuidada. A decir de personas de la época, fue ignorada.

La educación inicial y preprimaria, que determina la última Ley de Educación Nacional aprobada en el siglo XX (1991) y que es materia legal vigente, encuentra su base legal y de formación del recurso humano en los avances alcanzados entre 1927 y 1929; además, al realizar un contraste histórico, el siglo XXI, luego de un largo recorrido, ha apostado por llegar a los infantes de primera infancia en las áreas rurales e involucrando a los padres de familia, los que en el pasado no eran considerados o integrados como parte del equipo que forma a los niños y niñas.

Ley Orgánica de Instrucción Pública (1935)

En 1935 Guatemala era gobernada por el general Jorge Ubico, quien asumió la presidencia al ganar las elecciones de 1931, pero fue considerado un dictador. Durante este período de la historia (1931-1944), la educación sufrió un retroceso pedagógico y un estancamiento en el desarrollo de la cultura[18]. Durante su gestión, desarrolló una campaña contra el analfabetismo, pero de forma impositiva y forzando a que se diese única y exclusivamente en idioma español, reconocido como único idioma.

Algunos artículos sobresalientes de esta ley son los siguientes:

1º. Declara que la educación tiene como fin el desarrollo integral de la personalidad humana. 2º. Establece que la obra educativa es ajena al sectarismo político y religioso”. El 9º. Se refiere a la organización de la Secretaría de Educación Pública de la siguiente manera: Dividida en dos grandes departamentos: el Técnico Escolar y el Administrativo, cada uno de los cuales a su vez se divide en secciones regidas por un Consejo Técnico. Las secciones del Departamento Técnico Escolar eran las siguientes: a) Preparatoria y Primaria Urbana; b) Rural; c) Normal, Secundaria y Especial; d) Inspección Técnica Escolar; y e) Extensión Escolar. El artículo 12 clasifica los establecimientos nacionales de educación así: a) Escuelas de Párvulos; b) Escuelas de Castellanización y Alfabetización; c) Escuelas Primarias; d) Escuelas Normales; e) Escuelas Secundarias; f) Escuelas de Enseñanza Superior; y g) Escuelas Universitarias[19].

La clasificación de los establecimientos mediante esta ley visibiliza la existencia de la educación infantil en Guatemala a través de las escuelas de párvulos; sin embargo, queda sin ser visible en el marco legal la atención de los más pequeños (de 0-4 años), que eran desde la segunda década del siglo XX atendidos en la Casa del Niño.

Es importante destacar que, a pesar de que las escuelas de párvulos eran clasificadas por separado de la primaria, dentro de las secciones del Departamento Técnico Escolar, los párvulos, y con ello la educación infantil, de alguna manera volvían a ser invisibilizados, pues solo existía la sección de preparatoria y primaria, la que solo consideraba a niños entre 6 y 7 años que asistían a desarrollar su proceso formativo en aulas o secciones de escuelas de párvulos y aulas anexas a las primarias, principalmente en el área urbana.

Antes de continuar con el recorrido del marco legal educativo que estuvo vigente durante el siglo XX, es importante no pasar por alto la denominada Primavera Democrática de Guatemala (1944-1954), periodo de la revolución democrática en el que la Junta Revolucionaria de Gobierno (Revolución de 1944) promulga las bases de la educación para Guatemala a través del Anteproyecto de Ley Orgánica de Educación, la que no tuvo legalmente vigencia y que se mantuvo como una guía para el encauzamiento educacional del país[20]. Los 10 años de Primavera Democrática fueron liderados por el doctor Juan José Arévalo Bermejo y Jacobo Arbenz Guzmán.

Cabe anotar que la infancia, antes de la Revolución Democrática, tenía una vida marcada por serias precariedades, sobre todo aquellos niños y niñas cuyas familias pertenecían a la clase proletaria. Sumado a esto, factores como la falta de educación, pobreza y escaso acceso a servicios que debía ofrecer el Estado, hacían más crítica la situación. En tal sentido, es importante dar a conocer que para el año 1950 y de acuerdo con los registros estadísticos de ese entonces, “15,4553 niños murieron por falta de asistencia médica, por miseria o ignorancia”[21]. Además, en ese mismo año, “64% de los niños en edad escolar no asistieron a ningún centro educativo, sumándose al alto índice de analfabetismo que existía en el país; y cerca de 34,000 niños no asistían a la escuela por tener que ayudar con su trabajo al sostenimiento del hogar”[22].

Además, la ausencia de centros educativos reducía las posibilidades de que los más pobres, y que eran infantes que residían en áreas campesinas, tuviesen acceso a educación infantil (servicios pedagógicos). Desde esta realidad, “el 89.2% de la población escolar indígena no concurre a la escuela y que en las zonas urbanas solo el 19% de la población escolar concurre a los centros de educación”[23]. Los datos de esa época evidencian la poca atención que se prestó a los niños y niñas entre los 0 y los 6 años, y lo invisibilizados que se encontraban en el marco legal, que, en cierta medida, era lo que permitía la inversión en estos.

Para 1944, relata González Orellana[24], en Guatemala funcionaban 34 jardines de niños, los que atendían a 5065 educandos, mientras que para 1954 se acogía ya a 11 773, un 132 % más[25]. Este incremento de niños y niñas atendidos, evidencia el interés por la atención de los más pequeños. De hecho, en esta década revolucionaria también fue creada la Inspección de Escuelas de Párvulos, la que más tarde dio origen a un departamento de la Dirección General de Educación Escolar[26].

Los planes de estudios de las escuelas de párvulos fueron reformados en el marco de la Convención de Santa Ana[27] (1945), los que para ese momento ofrecían formulaciones modernas y acordes a los postulados de la nueva educación; además, estos planes incluyeron conclusiones acerca de métodos de enseñanza, la naturaleza de los programas de estudio, la medición del aprendizaje, lo referente a edificios escolares, salarios del magisterio, entre otros[28].

La atención integral de un niño y una niña desde su concepción demanda atención maternoinfantil para la madre, servicios de salud para la madre durante el nacimiento de su hijo y en el periodo posnatal, así como atención desde el área de salud para el niño, como vacunas y controles mensuales que favorezcan su desarrollo. Asimismo, esa atención integral debe ofrecer una adecuada y sana alimentación, cuidado cariñoso, protección y amor. Los elementos de la atención integral para la primera infancia y los efectos de estos en la vida de un infante, hoy por hoy en el siglo XXI son conocidos, lo que no implica que todas las madres y personas que conforman la sociedad hayan escuchado sobre estos y aún menos, que los consideren y formen parte de su relación diaria con sus hijos, principalmente con aquellos que integran la primera infancia.

A partir de lo antes mencionado, la revolución democrática en su legislación revolucionaria fue visionaria frente a la atención que un infante debe recibir desde que es concebido y que durante 9 meses vive dentro del vientre de su madre, siendo esta su principal fuente de vida, y que determinará, por la manera como se alimenta y se cuida, el desarrollo de su hijo al nacer. Se dice que fue visionaria y que marca un antes y un después en la atención de lo que hoy en el siglo XXI se denomina primera infancia y específicamente de la educación inicial, al considerar en la Constitución de la República del 11 de marzo de 1945 la protección de la madre trabajadora y de los hijos menores. Esta protección es visibilizada y normada desde el artículo 58, incisos 9 y 10, a través de los que se buscaba asegurar condiciones de trabajo más favorables para las mujeres que serían futuras madres:

No puede establecerse diferencia entre casadas y solteras para los efectos del trabajo y que la ley regulará la protección a la maternidad de la mujer trabajadora a quien no se le podrá exigir trabajo que requiera esfuerzo físico considerable durante los tres meses anteriores al alumbramiento.

Las madres trabajadoras disfrutarán de un descanso forzoso remunerado, un mes antes y cuarenta y cinco días después del parto; en la época de la lactancia tendrán derecho a dos periodos de descanso diario extraordinario, de media hora cada uno para alimentar a su hijo[29].

Adicionalmente, el artículo 77 de la Constitución de la República de 1945, con relación a la infancia, establecía:

Corresponde al Estado velar por la salud física, mental y social de la infancia, creando los institutos y dependencias necesarias y adecuadas. Las leyes de protección a la infancia son de orden público, y los establecimientos oficiales destinados a tal fin, tienen carácter de centros de asistencia social y no de caridad; y el artículo siguiente declara que los padres, con seis o más hijos menores, recibirán especial protección del Estado[30].

Finalmente, es importante mencionar que durante esta década de la Primavera Democrática se prestó atención a la infancia, pues se favoreció su protección y cuidado, no solo desde la educación infantil, sino además a través de comedores y guarderías infantiles que fueron organizados y planeados por la señora Elisa Martínez de Arévalo, “competente maestra, esposa del primer mandatario de la nación”[31]. En este mismo marco histórico se reconoce la gestión y el trabajo por la niñez, y el fortalecimiento de la educación infantil (parvularia) en el país por parte de la maestra María Isabel Foronda de Vargas Romero, quien lideró la gestión para la apertura en 1945 de las escuelas o jardines de niños: “María Montessori, América, Jardín de niños ‘20 de octubre’ y el Jardín ‘Natalia Górriz de Morales’”[32].

Otros esfuerzos en favor de la primera infancia durante el periodo de la revolución democrática fueron la ampliación del Servicio Médico Escolar, la creación del Centro Materno Infantil del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), la Sección de Nutrición Infantil, la Sala Cuna del Hospital General, el Hospital de Niños Débiles Elisa Martínez de Arévalo[33].

La década gobernada por Arévalo y Arbenz, a pesar de no haber contado con una ley orgánica de educación, sino solo con el anteproyecto, que se convirtió en su guía, ofreció cambios sustantivos, importantes y necesarios, los que favorecieron la atención de la primera infancia guatemalteca en aquella época y lo implementado en décadas posteriores, sobre todo en las últimas dos décadas del siglo XX y las dos primeras del siglo XXI.

Un dato importante es que para diciembre de 1951 fue celebrada en Guatemala la Primera Conferencia Nacional de Defensa de la Infancia, la que puso en la palestra pública los graves problemas que acontecían con relación a niños abandonados y de conducta irregular.

Para 1954, y como consecuencia del fin de la revolución democrática que duró 10 años, se da la contrarrevolución, la que trae consigo una serie de cambios y disposiciones en el ámbito pedagógico, como efecto y parte del cambio político que vivía el país durante los primeros 20 meses luego de la salida de Jacobo Arbenz; periodo en el que se desató una serie de situaciones que lastimaron el normalismo en Guatemala. De hecho, es importante destacar que, siendo el gobernante Carlos Castillo Armas y estando vigente la Ley de Educación de 1956, se observa que en el proceso formativo del país “perdura el sectarismo pedagógico y se emprenden algunas actividades educativas con ayuda del gobierno de Estados Unidos”[34]. Además, en este lapso (los 20 meses de la contrarrevolución), se promulga la Ley Orgánica de Educación de 1956, que a continuación se aborda.

Ley Orgánica de Educación Nacional (1956)

Para el propósito del presente artículo es importante destacar que la educación parvularia (nivel parvulario) en este periodo estancó su crecimiento y la cobertura que había ganado y que venía impulsando la revolución democrática vivida durante la década de 1944-1954. Al respecto, González Orellana refiere que esa expansión y desarrollo del nivel parvulario en la época de la revolución se detuvo a tal punto que en 1980 solo el 10 % de niños y niñas entre 5 y 6 años eran atendidos en escuelas de párvulos, las que estaban ubicadas en un 90 % en la ciudad de Guatemala[35].

Jurídicamente, la Ley Orgánica de Educación Nacional de 1956 (contenida en el Decreto Gubernativo 558), reemplaza a la Ley Orgánica de Educación de 1935, emitida durante el gobierno de Jorge Ubico, ya que el anteproyecto de Ley Orgánica de Educación de 1952 (que consideró el anteproyecto de la Junta Revolucionaria), presentado por el gobierno del coronel Jacobo Arbenz Guzmán, nunca fue emitido[36].

Esta ley nació con limitaciones, por ejemplo, “la omisión de las definiciones de los niveles de enseñanza y la reglamentación respectiva”[37]; sin embargo, Méndez anota que La Ley Orgánica de Educación Nacional de 1956, en su artículo 48, definió que la educación preprimaria “comprende desde el ciclo prenatal hasta la edad cronológica de los siete años”[38]; además, que al nivel preprimario corresponden:

a.        Escuelas Maternales;

b.       Casas-Cuna;

c.        Casas del Niño;

d.       Guarderías Infantiles;

e.        Escuelas para Párvulos; y

f.         Las demás que se crearen[39].

Dado que la ley no contaba con las definiciones de los niveles de enseñanza, aunque sí definía el periodo que comprendía el nivel preprimario y lo que correspondía a este, era necesario reglamentar la ley para que fueran desarrollados sus preceptos; no obstante, no fue sino hasta 1962 que se concretó, cuando ya era presidente de Guatemala el general Idígoras Fuentes. De hecho, la Ley Orgánica de Educación de 1956 determinó que Guatemala debía contar con una educación general, que abarcara 9 años y que estuviera dividida en ciclos, que es lo que sí estatuiría la Ley de Educación Nacional de 1976. La Ley Orgánica de 1956, en su artículo 63, establecía que el Estado procuraría de forma obligatoria el ciclo uno de secundaria, previendo que Guatemala contara con una escuela de carácter obligatorio para 9 años y que estuviese integrada por tres ciclos.

Lo antes descrito, específicamente el artículo 63 de la ley, desconoce la necesidad de la educación parvularia, pues establece como obligatorios únicamente los ciclos uno y dos del nivel primario y el ciclo uno de la enseñanza secundaria; lo que, como se decía en el primer párrafo de este apartado, estancó el crecimiento y la cobertura de la educación parvularia que venía incrementándose y siendo atendida durante la revolución democrática de 1944 a 1954. Y aunque el Reglamento de la Ley Orgánica de Educación del 29 de julio de 1962 contiene para el ámbito de la educación infantil las definiciones, niveles y atribuciones de la educación parvularia[40], estos no son considerados como obligatorios, lo que sin duda alguna incidió en la poca expansión y atención a esta.

La educación infantil, en el recorrido realizado en sus primeros 64 años del siglo XX, vivió momentos en los que comienza a ser conocida y visible para la sociedad y el contexto político de la época, especialmente durante la revolución democrática; sin embargo, también atravesó momentos de estancamiento y retroceso que la volvían a invisibilizar en el marco legal vigente y en el imaginario de la sociedad, tal como lo evidencia la Ley Orgánica de Educación de 1956.

Ley Orgánica de Educación Nacional (1965)

Tras nueve años de vigencia de la Ley Orgánica de Educación Nacional de 1956, siendo presidente de la República de Guatemala el coronel Enrique Peralta Azurdia, fue emitido el Decreto Ley n.° 317, Ley Orgánica de Educación Nacional (1965).

El artículo 5 de esta ley determina “los niveles de la educación nacional así: Preprimaria, Primaria, Media y Superior”[41]; estos son cuatro de los cinco niveles que establece la Ley de Educación Nacional (Decreto 12-91) vigente en el siglo XXI. En tal sentido, puede decirse que para 1965 se retoma la inclusión legal de la educación infantil a través del nivel preprimario como parte de la estructura educativa, lo que no solo fue importante, sino además, necesario. De acuerdo con lo expuesto, y de forma comparativa, para el siglo XXI se va más allá en la atención de la primera infancia, pues ya no solo se establece el nivel preprimario que atiende niños de 4 a 6 años, sino que además suma la atención a los infantes de 0 a 4 años a través del nivel de educación inicial, que fue definido como el primer nivel dentro del Subsistema de Educación Escolar del sistema educativo nacional guatemalteco, establecido en el Decreto 12-91.

También es importante destacar que el artículo 31 de la Ley Orgánica de Educación Nacional de 196 crea dos direcciones generales dentro del Ministerio de Educación, una de estas es

la Dirección General de Educación, de la que formaba parte la Dirección de Educación Pre-primaria y Primaria Urbana; b) Dirección de Desarrollo Socio-educativo Rural; c) Dirección de Educación Media; d) Dirección de Alfabetización y Educación para Adultos; e) Dirección de Educación Estética; f) Dirección de Educación Física y Salud; y g) Dirección de Bienestar Estudiantil[42].

De conformidad con las direcciones que formaban parte de la Dirección General de Educación en esa época, la sociedad guatemalteca y sus habitantes no eran respetados y atendidos con servicios educativos por igual y tampoco estaba presente la interculturalidad, pues no se reconocía a Guatemala como país diverso, pluricultural e intercultural, reconocimiento legal que sí se da en el siglo XXI, principalmente a partir de la firma de los Acuerdos de Paz en 1996. Se reflexiona al respecto, pues existía una Dirección de Educación Preprimaria y Primaria Urbana, lo que ya excluía a quienes residían en áreas rurales y que principalmente han sido indígenas, pues estos han sido históricamente excluidos, marginados y con escaso o nulo acceso a educación, sin importar la edad, pero principalmente los más pequeños y las mujeres.

Considerando lo referido en el párrafo anterior, existía desde el marco normativo educativo de 1965 y como parte también de la Dirección General de Educación, la Dirección de Desarrollo Socioeducativo Rural, que comprendía: a) Departamento de Educación Primaria Rural; b) Departamento de Desarrollo de la Comunidad; c) Departamento de Profesionalización de Maestros; y d) Instituto Indigenista Nacional. Como puede apreciarse, esta se encargaba de los niveles o programas específicos dirigidos a personas indígenas y guatemaltecos en general que vivían en el área rural y cuya condición económica era de pobreza o extrema pobreza; además, debe tenerse en cuenta que el Departamento de Educación Primaria Rural estaba dirigido a prestar atención al nivel primario, mas no al preprimario, lo que indicaba que los niños y niñas indígenas que residían principalmente en el área rural, no eran sujetos de derecho de la educación infantil a través de la educación preprimaria que establecía la ley.

Es importante dar a conocer que las escuelas de párvulos y secciones anexas a escuelas primarias se encontraban ubicadas para 1967 especialmente en la Ciudad de Guatemala y en las cabeceras departamentales de los departamentos del país. Tenían una cobertura total de 13 587 niños y niñas en la capital y de 5248 en las cabeceras departamentales, para un total de 18 835 atendidos[43]. Las siguientes figuras presentan el nombre y la ubicación de los centros educativos parvularios existentes en 1967, los que serán clasificados por escuelas puras de párvulos o preprimaria de la ciudad capital y de las cabeceras departamentales, así como de secciones anexas a primarias.

 

Tabla 1. Escuelas de párvulos puras de Ciudad de Guatemala en 1967

Escuela

Ubicación

Ramona Gil

Avenida Elena 8-51, zona 1

Federico Froebel

1. ª Avenida y 11 calle, zona 11

J. Enrique Pestalozzi

12 avenida 4-47, zona 1

Domingo F. Sarmiento

15 avenida 2-22, zona 6

República de Haití

20 calle 5-65, zona 12

Horacio Mann

26 calle “A” 15-47, zona 5

José Milla y Vidaurre

6. ª Avenida 38-18, zona 3

Ovidio Decroly

3. ª Calle 16-73, zona 1

Natalia Górriz v. de Morales

23 calle 28-24, zona 5

María Montessori

14 calle 2-28, zona 3

María Chinchilla

7. ª Avenida 3-71 , zona 12

Leonor Cienfuegos

3. ª Calle 0-69, zona 1

América

3. ª Avenida 27-40, zona 3

Vicenta Laparra de la Cerda

7. ª Avenida6-72, zona 7

Matilde Ariza de Núñez

20 calle 3-30, zona 3

Anita Figueroa

18 calle 3-25, zona 1

Juan Amos Comenio

16 avenida 6-11, zona 6

Tula Ortega

31 avenida, 32-05, zona 5

Adolfo Vides Urrutia

6. ª Avenida 6-21, zona 11

Antonio José de Irisarri

20 calle 13-66, zona 1

Gabriela Mistral

14 calle 10-20, zona 1

Jardín de Niños “20 de octubre

28 avenida 30-90, zona 5

Alicia Aguilar Castro

35 avenida 15-06, zona 5

República de Guatemala

9. ª Avenida 1-40, zona 2

3 de Julio

17 calle 9-09, zona 10

Número 26

2. ª Calle 3-00, zona 13

Josefina Orellana

Avenida Independencia 10-36, zona 2

Jardín Centroamericano

1. ª Avenida 28-72, zona 8

Ulises Rojas

22 avenida 14-15, zona 6

Número 30

11 calle 15-66, zona 1

Celia Palomo de Riépele

31 avenida ”D” 4-49, zona 7

Mariano Gálvez

28 avenida 30-90, zona 15

Número 33

16 avenida 18-78, zona 6 (Cipresales)

Enriqueta Figueroa v. de García

6. ª avenida2-34, zona 1

Fuente: elaboración propia con base en Foronda[44].

 

Tabla 2. Secciones anexas a Escuelas Primarias de Ciudad de Guatemala en 1967

Sección anexa a Escuela Primaria

Ubicación

Concepción Saravia

Ruta número 2, 4-62, zona 4

Milles Rock

18 calle, Colonia Milles Rock

Centro Escolar número 1

10 calle 2-37, zona 1

Rafael Ayau

4. ª avenida 15-35, zona 1

Guardería 1

21 calle, 2. ª avenida, zona 1

Guardería 2

5. ª calle, avenida Ferrocarril, zona 13

Guardería 3

7. ª calle 12-67, zona 1

Guardería 4

Colonia Bethania, zona 7

Fuente: elaboración propia con base en Foronda[45].

 

Tabla 3. Escuelas de párvulos puras en las cabeceras departamentales de Guatemala en 1967

Departamento de ubicación de la escuela

Cabecera departamental

Sacatepéquez

Antigua Guatemala

Chimaltenango

Chimaltenango

El Progreso

El Progreso

El Petén

Flores

Izabal

Puerto Barrios

Alta Verapaz

Cobán

Baja Verapaz

Cobán

Quiché

Santa Cruz del Quiché

Escuintla

Escuintla

Santa Rosa

Cuilapa

Chiquimula

Chiquimula

Zacapa

Zacapa

Jalapa

Jalapa

Jutiapa

Jutiapa

Huehuetenango

Huehuetenango

Quetzaltenango

Quetzaltenango

San Marcos

San Marcos

Totonicapán

Totonicapán

Sololá

Sololá

Retalhuleu

Retalhuleu

Suchitepéquez

Mazatenango

Fuente: elaboración propia con base en Foronda[46].

 

Tomando en cuenta las figuras anteriores y el número de niños y niñas que tenían la oportunidad de desarrollarse mediante una educación infantil que les era proporcionada por el nivel preprimario en áreas urbanas, puede deducirse que la cobertura era insuficiente y un privilegio para niños y niñas de las áreas urbanas con una condición notablemente mejor que la de aquellos que vivían en el área rural. Actualmente, en el siglo XXI, aunque la cobertura es mayor y no se discrimina el nivel educativo preprimario o inicial en urbano o rural e indígena, aún es insuficiente, sobre todo en el área rural, y los servicios de educación infantil para la primera infancia indígena no necesariamente se ofrecen desde la cosmovisión de su cultura ni en su idioma materno. Sin embargo, es importante reconocer que para el año 1984 se ofrece el primer programa para niños y niñas del área rural y principalmente indígenas (PAIN[47]) de 0-4 años con una visión de respeto por su cultura, la cosmovisión de esta y su idioma materno, que involucraba a la familia. Lamentablemente, este no fue creado considerando una estructura financiera dentro del Ministerio de Educación que le permitiera escalar en cantidad de niños atendidos, comunidades y educadores, pues funcionó con fondos de la cooperación internacional, los que al ser descontinuados, provocaron que el programa se desvirtuara y pasara a ser más escolarizado y con un enfoque menos comunitario.

 En tal sentido, es necesario mencionar que para el año 2018, ya dentro del siglo XXI, se crea el Programa de Desarrollo Integral Infantil Temprano Acompáñame a Crecer, con un enfoque más integral, comunitario, intersectorial y pertinente, bajo el liderazgo del doctor Oscar Hugo López Rivas, quien estuvo a cargo de la cartera educativa de Guatemala en el periodo 2016-2020. Este programa consideró para su creación una estructura programática financiera que permitiera su continuidad y la ampliación de servicios para más comunidades; además, buscó involucrar a diferentes actores gubernamentales y no gubernamentales desde las comunidades para ofrecer atención a madres gestantes, madres lactantes, madres de niños de entre 0 y 4 años y a los mismos niños en áreas de la educación infantil, la salud, la nutrición, la protección y el cuidado amoroso. Como parte del programa se integró a la comunidad de los infantes y fue implementado con un enfoque comunitario y desescolarizado.

Los programas antes descritos, pero principalmente “Acompáñame a Crecer”, creado en la segunda década del siglo XXI, muestra un cambio sustantivo, cualitativo y cuantitativo en la visión de la atención de la primera infancia, principalmente de los niños de 0-6 años, a través de una educación infantil integral, pertinente e inclusiva. Sin duda, la cobertura con que cuenta actualmente (2024) es aún baja, pero representa una respuesta innovadora y necesaria que en el marco de la Política Pública de Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Guatemala 2024-2044 podrá ampliar su cobertura y gestar cambios en la vida de los infantes y la sociedad misma, a corto, mediano y largo plazo.

Ley Orgánica de Educación Nacional (1976)

Emitida por Decreto Legislativo n.° 73-76 de 10 de diciembre de 1976, surgió de la necesidad de contar con una educación ajustada a las características de orden social, económico y técnico pedagógico de esa época, lo que difiere de las dos anteriores leyes orgánicas (1956 y 1965), pues fueron producto de cambios constitucionales dados en Guatemala. Esta ley goza de un carácter pragmático en el marco de un cambio político y educativo que preveía de manera concreta la producción[48]. Esta ley no consideró ni hizo referencia a la educación preprimaria.

La Ley de Educación Nacional de 1976 contó con su Reglamento, que estaba contenido en el Acuerdo Gubernativo 13-77, emitido el 7 de noviembre de 1977. Este Reglamento, en el Título II, se refería al Sistema Educativo Nacional, en el Subtítulo I a la Organización del Sistema y el Capítulo I a la Educación Escolar; el artículo 5.° se refería a la Educación Escolar General Básica (9 grados) y la diversificada.

Dicho Reglamento no mencionaba los niveles educativos, sino solamente establecía tres ciclos, y dentro del Primer Ciclo de Educación General Básica incluía la Educación Parvularia y la Castellanización. El artículo 51 señalaba que la Castellanización es un proceso educativo que trata de dar a la población indígena el conocimiento necesario para la comprensión y utilización del idioma español, con el fin de facilitar su comunicación y convivencia en el país. El artículo 52 decía que la Educación Parvularia es la etapa destinada a la formación del educando antes de su ingreso a la Educación Primaria[49].

Ahora bien, según el Reglamento de la Ley de Educación Nacional de 1976, aprobado en 1977, se “denominaba ‘Castellanización’ a la educación preprimaria bilingüe”, lo que permite recordar que la Ley Orgánica de Educación Nacional de 1965 establecía por separado la dirección que se encargaba de la atención de la educación dirigida a poblaciones indígenas, que en el siglo XXI es denominada bilingüe intercultural. En tal sentido, la Dirección de Desarrollo Educativo Rural tampoco contaba con un departamento que atendiera o visibilizara la atención de la primera infancia mediante educación infantil, de modo que ambas leyes de educación (1965 y 1976) invisibilizaron legalmente el desarrollo de la educación parvularia o preprimaria para los pueblos indígenas y quienes residían en el área rural. Esta situación es lamentable y se suma a la deuda educativa que Guatemala ha tenido y sigue teniendo con las culturas maya, xinka y garífuna, y que ha trascendido el siglo XX.

Ley de Educación Nacional (1991)

El Decreto Legislativo 12-91 del 12 de enero de 1991 fue expedido durante la Presidencia de Vinicio Cerezo, quien fue el primer mandatario de la última era democrática que comenzó en el siglo XX (1986) y que ha continuado en el siglo XXI. Esta era marca el fin de gobiernos militares y se inicia una década anterior a la firma de los Acuerdos de Paz (1996), los que dieron fin al conflicto armado guatemalteco que duró 36 años.

Esta ley establece dos Subsistemas de Educación: 1) El Subsistema de Educación Escolar, y 2) El Subsistema de Educación Extraescolar. En tal sentido y para el contexto del presente estudio, el artículo 28 del Decreto 12-91 indica para el Subsistema de Educación Escolar que

Para la realización del proceso educativo en los establecimientos escolares está organizado en niveles, ciclos, grados y etapas en educación acelerada para adultos, con programas estructurados en los currícula establecidos y los que se establezcan, en forma flexible, gradual y progresiva para hacer efectivos los fines de la educación nacional[50].

Además, en su artículo 29 señala que este subsistema está conformado por niveles, ciclos, grados y etapas, los que muestra la siguiente figura.

 

Fuente: elaboración propia con base el Decreto 12-91, Ley de Educación Nacional, Guatemala, 14.

Figura 3. Niveles, ciclos, grados y etapas del Subsistema de Educación Escolar (Decreto 12-91)

 

Como puede apreciarse en la figura anterior, la Ley de Educación de 1991, que fue aprobada en el siglo XX y que aún está vigente en el siglo XXI, estatuye por primera vez dos niveles educativos dirigidos a la atención de la primera infancia, la que, de acuerdo con las Políticas Públicas de Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Guatemala 2010-2020 y 2024-2044, para el país la determina en el grupo etario de 0 a 6 años. Dichos niveles son el de Educación Inicial y el Educación Preprimaria, este último considerando 3 grados (párvulos 1, 2 y 3).

En Guatemala, y durante el recorrido realizado desde el marco legal educativo del siglo XX, la educación infantil que debía ser dirigida a los niños y niñas del país sin discriminación alguna, pasó por diferentes momentos, los que marcaron su inicio incipiente y poco visible de forma legal, así como por otros que intentaron visibilizarla y atender a la población conformada por los más pequeños del país. De esta manera, inicialmente se atendieron niños de 6 años, luego de 5 a 7, más adelante de 4 a 7, pero especialmente en la ciudad de Guatemala y las cabeceras departamentales. Vale la pena resaltar que poco se atendió a los infantes de 0 a 4 años y sus madres.

Considerando lo antes expuesto, la Ley de Educación de 1991 es innovadora con relación a las que le antecedieron, toda vez que creó el Nivel de Educación Inicial y porque en su artículo 43 refiere que esta es “la que comienza desde la concepción del niño, hasta los cuatro años de edad; procurando su desarrollo integral y apoyando a la familia para su plena formación”[51]. Además, en el artículo 44 contempla sus finalidades:

1.       Garantizar el desarrollo pleno de todo ser humano desde su concepción, su existencia y derecho a vivir en condiciones familiares y ambientales propicias, ante la responsabilidad del Estado.

2.       Procurar el desarrollo psicobiosocial del niño mediante programas de atención a la madre en los períodos pre y postnatal, de apoyo y protección a la familia[52].

Sin duda alguna, existe una base legal para los servicios que debe brindar la educación infantil a la primera infancia; sin embargo, desde 1991 ha sido poca la atención ofrecida y muy escasos los recursos asignados al Nivel de Educación Preprimaria y aún más exiguos al Nivel de Educación Inicial. Este último, como ya se ha mencionado, cuenta con el primer programa con recursos financieros y técnicos del Ministerio de Educación de Guatemala desde 2018 a través del Programa de Desarrollo Infantil Temprano Acompáñame a Crecer, el cual considera como base el Desarrollo Infantil Temprano (DIT) y define como su objetivo general “Promover la atención y desarrollo integral de la niñez, desde la gestación hasta los cuatro años de edad, a través del involucramiento de la comunidad y las familias que garantice el goce de sus derechos básicos, en el marco de la diversidad cultural y lingüística del país”.

“Acompáñame a Crecer”, como también ya fue mencionado, consideró fundamental la experiencia del Programa PAIN, puesto en marcha en 1984 con recursos de la cooperación internacional (UNICEF) y que aún está en funcionamiento, pero que se desvirtuó al dejar de contar con el apoyo financiero y técnico del cooperante (actualmente, en 2024, cuenta con docentes contratados por el Ministerio de Educación de Guatemala −MINEDUC−, los que principalmente atienden el Nivel de Educación Preprimaria y en escasos o ausentes espacios ofrecen atención a madres gestantes y lactantes o madres de niños de 6 meses a 4 años).

Durante la última década del siglo XX y la primera del siglo XXI se desarrollaron programas dirigidos a niños y niñas de 0-4 años, principalmente apoyados por cooperantes nacionales e internacionales, organizaciones no gubernamentales e instituciones religiosas con o sin coordinación y articulación de esfuerzos con la dependencia encargada de la atención de la primera infancia dentro del Ministerio de Educación; de ahí que su ámbito de acción haya sido reducido y sin mayor escala e impacto en la cobertura.

Al mencionar la cobertura es necesario aclarar que es solo a partir de 2018, con el programa “Acompáñame a Crecer”, que los niños y niñas que son atendidos a través del Nivel de Educación Inicial cuentan estadísticamente, pues se crea el código del nivel. Sin embargo, aunque resulte ilógico, no es el Ministerio de Educación, como rector de la educación y teniendo como parte de su estructura educativa el Nivel de Educación Inicial, el que aprueba la creación de centros de educación infantil y dicta los lineamientos para la atención de niños de 3 meses a 3 años 11 meses, pues esta función le corresponde a la Secretaría de Bienestar Social, situación que ha provocado que, pese a contar en este momento (2024) con el código del nivel, no se registra en su totalidad la población atendida en los sectores público, privado y municipal.

Por otra parte, la Ley de Educación (Decreto 12-91) de 1991, a la fecha (2024), no ha sido reglamentada, pues su reglamento estaba normado como disposición transitoria y final en el artículo 105, que fijaba sesenta días desde la promulgación de la ley. Así que, debido a la inexistencia del reglamento de la ley y, como lo explica Menéndez[53], dado que la legislación vigente resulta incompleta, para el caso específico de la Educación Preprimaria se recurre a la legislación anterior que es más precisa para el caso, esto es, a la Ley Orgánica de Educación Nacional de 1956.

Al respecto, vale la pena aclarar que antes de la Ley de Educación Nacional de 1991 y de la promulgación de la Constitución Política de la República de Guatemala en 1985, se realizó un Diagnóstico Preliminar de la Educación Inicial en Guatemala, concretamente en 1982, por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y la Organización Mundial para la Educación Preescolar (OMEP, fundada en 1948). Este diagnóstico informó sobre la situación real que vivía la niñez de 0 a 6 años en el país, además ofreció un marco teórico y metodológico que favoreció el desarrollo de seminarios y folletos como “El desarrollo psicobiosocial del niño menor de 6 años, la educación del niño indígena de 0 a 6 años”[54].

Considerando el diagnóstico antes citado, así como la invisibilización de la primera infancia y la poca atención que se venía prestando a esta en cuanto a su derecho a una educación infantil de acuerdo con su edad y como parte del grupo etario que conformaba la primera infancia, más la promulgación de la Constitución Política de la República de Guatemala en 1985, que desde su visión tenía en proceso de elaboración la Ley de Educación de 1991, el 29 de enero de 1988 el Ministerio de Educación emitió el Acuerdo n.° 193, cuyo artículo 3 establecía los siguientes objetivos denominados terminales del Nivel de Educación Preprimaria:

Que el alumno:

a)       Demuestre sentimientos de seguridad y confianza en sí mismo;

b)       Manifieste afecto a sí mismo, a su familia y a su comunidad;

c)        Participe en grupos, en forma cooperativa, en beneficio del bien común;

d)       Cuide y mejore su ambiente;

e)       Exprese sus ideas en su lengua materna, sea mayense o español;

f)         Maneje las funciones y representaciones elementales que lo preparan para la lectura;

g)       Maneje los movimientos básicos que le permitan iniciarse en la escritura;

h)       Maneje los razonamientos y procedimientos que le permitan iniciarse en el lenguaje matemático;

i)         Utilice formas elementales de comunicación en español de acuerdo a sus necesidades de iniciación en esta lengua;

j)         Manipule con destreza instrumentos y materiales sencillos que le permitan participar en algunos trabajos de su familia y de su escuela;

k)       Actúe en forma creativa empelando distintas expresiones estáticas;

l)         Se adapte a las normas de la vida escolar;

m)    Practique hábitos higiénicos que mantienen la salud física y mental;

n)       Acepte los cuidados de salud cuando se le administren;

o)       Participe en actividades recreativas;

p)       Coordine sus movimientos básicos[55].

Además, el mismo acuerdo, en su artículo 4 definía el Plan de Estudios del Nivel de Educación Preprimaria, el que quedaba conformado con las siguientes áreas:

ü  Formación de hábitos

ü  Conocimiento del medio

ü  Adaptación escolar y social

ü  Iniciación matemática

ü  Prelectura y preescritura iniciales en español y/o idioma maya.

ü  Educación estética

ü    Educación sensomotriz[56]

Para finalizar este apartado, es preciso mencionar que no es sino hasta después de la promulgación de la Constitución de 1985 que se visibilizan los inicios de una atención de la primera infancia desde una preprimaria tímidamente pertinente, al quedar establecidas en el plan de estudios definido por el Ministerio de Educación en 1988 (Acuerdo 193) la inclusión y consideración de la cultura maya en las áreas formativas, mas no las culturas xinka y garífuna; sin embargo, esto se tuvo en cuenta más desde el punto de vista de que los niños y niñas desarrollaran competencias que favorecieran su comprensión del idioma español antes de su ingreso a la escuela primaria.

Por su parte, el documento generado por la Unidad Sectorial de Investigación y Planificación Educativa (USIPE) del Ministerio de Educación (Dependencia Técnico-Científica, que tenía a su cargo el estudio, planificación y organización de los diferentes programas) y que es citado por Menéndez[57], expone que la educación preprimaria ya era también vista como educación preprimaria bilingüe y que “estaba dirigida a la población indígena monolingüe de 5 a 9 años de edad, a fin de que puedan obtener los conocimientos necesarios para la comprensión y utilización del idioma español, previo a su ingreso al nivel primario”.

En definitiva, el recorrido histórico realizado con fundamento en las leyes de educación promulgadas en el siglo XX, ha permitido desarrollar un análisis comparativo que contrasta la manera en que la educación infantil y el niño guatemalteco eran concebidos, y la visibilización de este desde el marco legal vigente en las diferentes décadas y periodos político-sociales que vivió Guatemala, para luego establecer también comparaciones, contrastes, avances y desafíos con respecto al siglo XXI.

Conclusiones

La educación infantil en Guatemala durante el siglo XX experimentó notables cambios y en sus últimas décadas importantes transformaciones. Durante las primeras ocho décadas fue exclusiva de áreas urbanas y excluyó principalmente a niños y niñas indígenas de entre 0 y 6 años que residían en contextos rurales. Además, en sus últimas dos décadas vivió una transformación de enfoque conceptual, pasando de un modelo tradicional que concebía al infante como un adulto en pequeño o miniatura, a uno más integral y transita aún hacia lo holístico.

El pasado muestra que en 1984 la atención de la primera infancia da un giro transformador que marca un antes y un después en la historia de la educación infantil, migrando de un enfoque escolarizado, excluyente, inequitativo y no pertinente a uno desescolarizado, comunitario, en el que la familia era protagonista y gestora del desarrollo de habilidades y en el que el Estado reconoce a los niños como sujeto de derechos.

Parte del pasado de la educación infantil se caracterizó por su énfasis en la memoria y la escasa implementación de la lúdica como medio de aprendizaje, la débil inclusión e interrelación entre los niños y el casi inexistente involucramiento de los padres. De hecho, el acceso educativo a esta etapa de formación que es trascendente en la vida de un ser humano no solo fue limitado para las áreas rurales, sino también para las marginales urbanas, a causa de la falta de escuelas, centros de atención o cuidado infantil, y recursos.

Legalmente, para 1977 la educación infantil integra la castellanización a su estructura de atención de la niñez indígena de 6 años con el único propósito de castellanizarles y que, a decir de las autoridades de aquel momento, no tuviesen mayores dificultades en su acceso al nivel de educación primaria[58]. Curricularmente, los contenidos no respondían con pertinencia a las necesidades y realidades de los niños guatemaltecos y su visión no contemplaba la articulación de las diferentes instancias o instituciones que debían intervenir en la atención integral y formadora de la primera infancia, la necesidad del cuidado amoroso y la nutrición.

En la actualidad, se ha adoptado un enfoque integral que reconoce la importancia del desarrollo físico, emocional, social y cognitivo del niño. Se promueven las actividades lúdicas, creativas y participativas que fomentan un aprendizaje significativo y el desarrollo de habilidades socioemocionales. El Estado y diversas instituciones gubernamentales y no gubernamentales han trabajado por ampliar el acceso a la educación infantil, construyendo edificios escolares, abriendo aulas anexas a las escuelas primarias ya existentes e implementando programas de apoyo y atención integral en áreas desfavorecidas y que son marcadas por la pobreza, desnutrición, falta de oportunidades, violencia y migración.

En el siglo XXI, curricularmente se cuenta con programas más pertinentes y actualizados, los que consideran necesidades particulares, culturales, especiales y actuales, haciendo hincapié en el aprendizaje desescolarizado para la niñez de 0 a 4 años con programas de atención prenatal y dirigidos a madres lactantes para que desde la familia y con pertinencia cultural y lingüística se procure el cuidado amoroso, la salud oportuna, la adecuada alimentación y el desarrollo de habilidades socioafectivas. En el ámbito de la atención de la niñez entre los 4 y 6 años, educativamente se cuenta con un currículo más pertinente, acorde a la cosmovisión de las culturas y sus idiomas, y dentro del marco de una educación bilingüe intercultural.

Durante las primeras dos décadas del siglo XXI Guatemala ha dictado leyes, acuerdos y políticas que se enfocan en hacer valer el derecho a la salud, la educación, la protección, la alimentación y el cuidado de los más pequeños de la población (0-6 años) desde diferentes instancias gubernamentales que deben trabajar de forma articulada, lo que puede ser considerado como un avance importante; sin embargo, la escasez de recursos y voluntad política ha incidido en que la niñez no goce con plenitud de sus derechos y que esto conlleve retos en el acceso a servicios básicos.

A pesar de los avances, persisten desafíos importantes. La desigualdad e inequidad en el acceso siguen siendo una realidad, especialmente en zonas rurales e indígenas. La calidad en los servicios varía considerablemente, de acuerdo con el contexto, la realidad socioeconómica y región. Educativamente, la calidad y pertinencia guardan relación con la ubicación de las escuelas, jardines escolares o centros de cuidado infantil, así como con la formación especializada y continua que posean los docentes y gestores/educadores comunitarios, a lo que también se suman factores relacionados con la distancia, tiempo, remuneración y la falta de recursos para implementar un enfoque integral.

En conclusión, la educación infantil en Guatemala ha dado pasos significativos hacia un modelo más centrado en el niño y su desarrollo integral. No obstante, es crucial abordar los desafíos pendientes para garantizar una educación de calidad, pertinente, inclusiva y equitativa para todos los niños y niñas guatemaltecas que transitan por la primera infancia.

Financiamiento

Sin Financiación.

Conflicto de interés

La autora declara no tener conflicto de interés.

Implicaciones éticas

La autora declara que este artículo no tiene implicaciones éticas en el desarrollo, escritura o publicación.

Referencias Bibliográfica

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Cómo citar este artículo: Hernández Ayala, Ana María. “La educación infantil en Guatemala. Una mirada histórica. Siglos XX y XXI” Revista Historia de la Educación Latinoamericana vol.26 no.44 (2024).

 



[1]    Doctoranda del Doctorado en Historia y Estudios Humanísticos: Europa, América, Arte y Lenguas. Maestría en Liderazgo y Gestión Educativa. Investigadora del Instituto de Investigaciones Educativas EFPEM-USAC. Profesora en la Escuela de Profesores de Enseñanza Media EFPEM-USAC. Directora de la Dirección General de Gestión de Calidad Educativa (DIGECADE) del Ministerio de Educación de Guatemala 2016-2020. anama2777@gmail.com

 Correspondencia/Correspondence: Ana María Hernández Ayala. Avenida 45, no. 2-43, Edificio D, Apartamento 103, Tesoro Banvi, zona 2 de Mixco Guatemala, anama2777@gmail.com

[2]    Carmen Méndez Cabrita et al., “El paradigma hermenéutico. Una propuesta para el reconocimiento del ‘otro’ en las comunidades indígenas del Ecuador”. Revista Dilemas Contemporáneos: Educación, Política y Valores 6, n.° 52 (2019):8. https://dilemascontemporaneoseducacionpoliticayvalores.com/index.php/dilemas/article/view/1456/1699

 

[3]    Joan Pagés, “La comparación en la enseñanza de la historia”, La Historia Enseñada n.° 9 (2005-2006):16. http://www.ub.edu/histodidactica/images/documentos/pdf/comparacion_ensenanza_historia.pdf

 

[4]    Manuel Cortés Cortés y Miriam, Generalidades sobre la metodología de la investigación (Ciudad del Carmen: México: Universidad Autónoma del Carmen, 2004), 20.

 

[5]    Mónica González Contró, Derechos de los niños y las niñas (México D.F.: Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2015), 2. https://www.inehrm.gob.mx/work/models/Constitucion1917/Resource/1292/ninas_y_ninos_pdf_electronico.pdf

 

[6]    Ibid., 5, 2-3.

 

[7]    Ibid., 5.

 

[8]    UNICEF, Los niños, niñas y adolescentes tienen derechos, s. f., https://www.unicef.org/guatemala/ninos-ninas-adolescentes-tienen-derechos 1

 

[9]    Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia de Guatemala, Política Pública Desarrollo Integral de la Primera Infancia Guatemala Invierte en el desarrollo integral de la Primera Infancia 2010-2020. Versión final (Guatemala: Gobierno de la República de Guatemala, 2010). https://ecursos.segeplan.gob.gt/CAPP/documentos/20/Pol%C3%ADtica%20P%C3%BAblica%20Primera%20Infancia.pdf

 

[10]  Mesa Temática de la Primera Infancia, Gobierno de Guatemala, Política Pública de Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Guatemala, 2024. https://www.unicef.org/guatemala/media/7186/file/Pol%C3%ADtica%20P%C3%BAblica%20de%20Desarrollo%20Integral%20de%20la%20Primera%20Infancia%20de%20GuatemalaI%202024-2044%20LOW.pdf.pdf

 

[11]  Naciones Unidas, Comité de los Derechos del Niño, 1996, https://www.ohchr.org/es/treaty-bodies/crc

 

[12]  Ibid., 4.

 

[13]  Carlos González Orellana, Historia de la educación en Guatemala, 5.a ed. (Guatemala: Editorial Universitaria, Universidad de San Carlos de Guatemala, 1997), 335.

 

[14]  Ibid., 13, p. 335-336.

 

[15]  Foronda Prado de Vargas, María Isabel, La educación de párvulos en Guatemala. Monografía. (Guatemala: Ministerio de Educación, Editorial José Pineda Ibarra), 13.

 

[16]  Ibid., 15.

 

[17]  Ibid., 14.

 

[18]  Ibid., 363.

 

[19]  Ibid., 363.

 

[20]  Ibid., 394.

 

[21]  Ibid., 483.

 

[22]  Ibid., 483.

 

[23]  Ibid., 483.

 

[24]  González Orellana, Historia de la educación en Guatemala.

 

[25]  Ibid., 428.

 

[26]  Ibid., 428.

 

[27]  Surge de la aspiración de Juan José Arévalo con respecto a la unificación de los planes de estudio para Centroamérica, a la que denominaba parcela. Sin embargo, al no existir las condiciones para la iniciativa, este proceso se da únicamente con El Salvador.

 

[28]  Ibid., 424-425.

 

[29]  Ibid., 484.

 

[30]  Ibid., 484.

 

[31]  Ibid., 371.

 

[32]  Ibid., 15-16.

 

[33]  Ibid., 498.

 

[34]  Ibid., 518.

 

[35]  Ibid., 521.

 

[36]  Ibid., 527.

 

[37]  Ibid., 528.

 

[38]  Luis Antonio Menéndez, La educación en Guatemala, 1954-2000: enfoque histórico estadístico (Guatemala: Universidad de Texas, Editorial C.J.C. Computación, 2002), 182.

 

[39]  Ibid., 182.

 

[40]  Ibid., 528.

 

[41]  Ibid., 529.

 

[42]  Ibid., 529.

 

[43]  Ibid., 33.

 

[44]  Foronda, 31-32.

 

[45]  Ibid., 32.

 

[46]  Ibid., 32-33.

 

[47]  PAIN: Proyecto de Atención Integral al Niño Menor de 6 años.

 

[48]  Ley de Educación Nacional; deroga el DL. 3 1 7 y se emite la Ley de Educación Nacional Reglamento en AG. 13-77, de 17-11-77 en DO. 207-57-1205. Derogado por DC. 12-91. (D. Administrativo),        Diario de Centro América, tomo CCV, n.° 47 (1976): 794.

 

[49]  Ibid., 183.

 

[50]  Decreto n.° 12-91, Ley de Educación Nacional, 1991. Guatemala. https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2008/6728.pdf

 

[51]  Ibid., 14.

 

[52]  Ibid., 14.

 

[53]  Luis Antonio Menéndez, La educación en Guatemala, 1954-2000: enfoque histórico estadístico (Guatemala: Universidad de Texas, Editorial C.J.C. Computación, 2002).

 

[54]  Aura Arreaga de León de Padilla, “La educación parvularia en Guatemala y su relación en los niveles de desarrollo integral del niño que ingresa a la escuela primaria. Guatemala” (Tesis, Universidad de San Carlos de Guatemala, Facultad de Humanidades, 1994), 2.

 

[55]  Ibid., 183-184.

 

[56]  Ibid., 184.

 

[57]  Menéndez, La educación en Guatemala, 1954-2000.

 

[58]  Para el contexto guatemalteco, el nivel primario comprende seis años y es lo que en otros países se conoce como educación básica o educación elemental, entre otras denominaciones.