La medida de aseguramiento
Abstract
Con el Acto Legislativo No. 3 de 2002, fue establecida la reserva judicial para la
imposición de medidas de aseguramiento, cuya facultad quedó bajo la
competencia del Juez de Control de Garantías. Este funcionario público está
facultado para realizar todo aquello que la Constitución y la ley le autorizan,
en especial velar por las garantías fundamentales de las personas, entre estas la
libertad, la cual puede ser restringida con la debida observancia de los principios
y normas que regulan la materia, con base en los criterios de razonabilidad,
necesidad y proporcionalidad.
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