Presidencialismo en tiempos de pandemia: Ecuador
Resumen
Los Estados Latinoamericanos, herederos tradicionales del sistema de gobierno presidencial, con ciertas combinaciones de figuras propias de sistemas parlamentarios, incorporan enunciados normativos de
división de poderes, aparente en algunos casos. Las reformas constitucionales de los últimos años refuerzan las capacidades de acción y decisión del ejecutivo, como medida encaminada a superar las crisis democráticas e inestabilidad de los regímenes políticos. Las constituciones ecuatorianas de 1998 y 2008 incorporan un vasto reconocimiento de derechos y sus garantías, además, atribuyen amplias competencias a la Función Ejecutiva, en detrimento de la Función Legislativa. El sutil diseño institucional previsto en la
Constitución ecuatoriana de 2008 se orienta a consolidar un sistema hiperpresidencial, concentrador del poder político. Este artículo pretende: (i) reflexionar sobre el sistema de gobierno presidencial en
tiempos de pandemia; (ii) evidenciar que la Constitución ecuatoriana del 2008, desborda
las características esenciales del sistema de gobierno presidencial; y (iii) proponer medidas para prevenir la preocupante crisis moral aflorada en tiempos de pandemia.
Palabras clave
Concentración de poder, pandemia, corrupción
Biografía del autor/a
Ángel Eduardo Torres Maldonado
Máster en Derecho Constitucional, Universidad Andina Simón Bolívar (Quito-Ecuador). Máster en Economía, Universidad de las Américas (Quito-Ecuador). Profesor de Introducción al derecho, Teoría del Estado y la Constitución, Clínica constitucional y Fundamentos del derecho en la Universidad de las Américas (Quito, Ecuador) y juez principal del Tribunal Contencioso Electoral del Ecuador.
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