Ilegitimidad del Estado colombiano frente a la privatización del servicio público de acueducto. Un estudio local en el Municipio de Tunja a partir del año 1996
Resumen
La legitimidad del Estado se predica cuando este sea racional, esto
es, guarde coherencia interna y externa con el discurso jurídico al
relacionarse con el mundo exterior, y sea una respuesta adecuada a
la realidad. El agua es un recurso natural vital para el ser humano y
por ende se constituye en un derecho fundamental y en un servicio
público básico de interés general que debe ser asegurado por la
Administración Pública. Tal postulado se enmarca inicialmente dentro
de los principios dogmáticos de la Constitución Política de 1991, del
Estado Social de Derecho. No obstante, se advierte un antagonismo
irreconciliable entre su articulado y la legislación que lo desarrolla
-artículo 365 ibídem- que permite el traslado de tal actividad a manos
de particulares, y con ello, el origen del peligro latente que conlleva
la privatización de los servicios públicos esenciales como el acueducto.
Ello evidencia la falta de legitimidad del Estado para afrontar esta
problemática, al implementar un sistema de contrato de concesión,
que subordina el derecho humano al agua a los intereses comerciales
de las empresas que la vienen convirtiendo en una mercancía, y que,
por ende, es ajeno a las necesidades básicas fundamentales de la
colectividad.