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Reflexiones acerca del funcionamiento del sistema de ejecución de penas y medidas de seguridad.

Resumen

El presente escrita tiene por objeto efectuar una serie de criticus a la forma como funciona el sistema de ejecución de penas y medidas de seguridad en nuestro país, ya que en el orde namiento jurídico que lo regula se dan serias contradicciones y conflictos entre normas de diversas jerarquias, lo que representa, necesariamente, una talanquera para un correcto funcionamiento del sistema y genera conflictos de competencias entre jueces, entre otros problemas, restándole asi eficacia, eficiencia, validez y, sobre todo, legitimidad, Se pretende que el corolario de estas críticas sea una invitación a reflexionar sobre el sistema y su regulación, y, por consiguiente, a propender por cambios sustantivos en la materia

Palabras clave

reflexión, contradicción, legitimidad, legalidad, conflicto, Penas

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Biografía del autor/a

Andrés Fernando Ruiz Hernández

Abogado de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia -UPTC-, Especialista en Derecho Cons titucional de la Universidad Nacional de Colombia, Magíster en Derecho Comercial de la Universidad Externado de Colombia, Estudios de Maestría en Derecho Penal en la Universidad Libre, Diplomado en Actividad Profesional e Investigación Judicial contra el Narcotráfico -Convenio Oficina de las Naciones Unidas para el Control de la Droga y la Prevención del Crimen (UNODCCP) Universidad Santo Tomás de Bogotá. Docente de la UPTC, Universidad de Boyacá (UNIBOYACA), Universidad Industrial de Santander (UIS). Actualmente Juez Promiscuo Municipal de Muzo (Boyacá).


Referencias

  • CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, Sala Administrativa. Acuerdo 054 de 1994.
  • Sala Administrativa. Acuerdo 548 de 1999.
  • Sala Administrativa. Acuerdo 3813 de 2007. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Sala de Casación Penal. Providencia 32319 de 12 de
  • agosto de 2009. M.P. Dr. Sigifredo Espinosa Pérez.
  • Sala de Casación Pemal. Providencia 30763 de 2 de diciembre de 2008, M.P
  • Dr. Jorge Luis Quintero Milanés.
  • Sala de Casación Penal. Providencia 31837 de 29 de julio de 2009, M.P. Dr. Yesid Ramírez Bastidas
  • Sala de Casación Penal. Providencia 31954 de 1 de julio de 2009. M.P. Dr. Jorge Luis Quintero Milanés
  • Sala de Casación Penal. Providencia 32374 de 12 de agosto de 2009. M.P. Dr. Sigifredo Espinosa Pérez.
  • Sala de Casación Penal. Providencia 34667 de 4 de agosto de 2010. M.P. Dr. Sigifredo Espinosa Pérez.
  • Sala de Casación Penal. Providencia 32111 de 1 de julio de 2009. M.P. Dr. Augusto J. Ibáñez Guzmán.

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