Penalización de la dosis personal: “irrupción en el fuero interno de la persona
DOI:
https://doi.org/10.19053/22158391.1793Palabras clave:
Derecho penal, dosis para uso personal, libre desarrollo de la personalidad, delito, moralResumen
Tras la expedición de la Ley 1453 de 2011 (Ley de Seguridad Ciudadana), artículo 11, y el Acto Legislativo 02 de 2009, que reforma el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia, ha surgido el interrogante acerca de si la “dosis para uso personal” consagrada en el artículo 2° de la Ley 30 de 1986,ha de penalizarse. Sin duda alguna ha de inferirse su imposibilidad, puesto que el artículo que la despenalizó no ha sido derogado, y, desde el punto de vista argumentativo, no toda interferencia del Estado en el fuero interno de la persona por medio del derecho penal es legítima, si con la conducta no se vulneran derechos ajenos.Descargas
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Referencias
Corte Constitucional. (2002). Sentencia C-420 del 28 de mayo. M.P. Jaime Córdoba Triviño
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Publicado
2012-09-07
Cómo citar
Carreño Blanco, L. E., Páez Páez, M. A., & Mariño Guío, D. C. (2012). Penalización de la dosis personal: “irrupción en el fuero interno de la persona. Revista Habitus: Semilleros De investigación, (3), 120–123. https://doi.org/10.19053/22158391.1793
Número
Sección
C